13 ago
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Energia
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Santiago
- Grado 21°: $ 659.072 Bruto Contrata. La renta publicada no considera horas extras, (Para acceder a grado 21, es requisitoacreditar a lo menos 3 años de experiencia, de lo contrario no se podrá respetar el grado ofrecido)
- Horario: Diurno
- Él/la seleccionado/a deberá desempeñar sus funciones en Sede Norte ubicada en Profesor Zañartu #1010, comuna de Independencia
- El contrato (resolución exenta) tiene una duración de un año con fecha de término el 31 de diciembre. Sin embargo, para el personal nuevo existe un periodo de evaluación inicial de 4 meses en donde se observa su desempeño y se determina su permanencia en la institución.
- Para poder ser considerado en este cargo la persona debe contar con disponibilidad inmediata para ingresar a las funciones.
Requisitos Específicos
- Licencia de Enseñanza Media o Equivalente, y acreditar una experiencia una experiencia laboral no inferior a tres años en el sector público o privado;
- Haber sido encasillado en calidad de titular o en la planta de Auxiliares, al 1 de julio de 2008, y acreditar una experiencia laboral no inferior a quince años en el sector público.
Funciones del Cargo
- Colaborar con el/la técnico en enfermería, en el aseo, y cuidado del paciente, con el propósito de brindar una adecuada y oportuna atención, conforme a instrucciones de su jefatura directa.
- Trasladar materiales, insumos, muestras de laboratorio y resultados de exámenes tomados a pacientes, según las indicaciones de su jefatura directa, con el propósito de cumplir con las especificaciones del programa de enfermería y normas de higiene impuestas por la unidad.
- Trasladar pacientes hacia otras unidades y/o dependencias del Instituto, garantizando un traslado seguro, oportuno y conforme a los protocolos institucionales.
- Apoyar en las labores de aseo y desinfección de dependencias, mobiliario, equipos y áreas de la Unidad, según las necesidades del servicio y las indicaciones de la jefatura directa, contribuyendo al cumplimiento de las normas sanitarias vigentes.
- Realizar la correcta segregación y eliminación de residuos hospitalarios (REAS), así como la disposición de ropa sucia, de acuerdo con la normativa institucional y de bioseguridad.
- Efectuar el cambio de ropa de camas y camillas, y colaborar en su limpieza y desinfección, con el propósito de mantener condiciones óptimas de higiene, seguridad y confort para los pacientes.
- Controlar el inventario de ropa clínica y de vestir utilizada en la unidad, manteniendo actualizado el registro de stock y gestionando su reposición desde las dependencias correspondientes.
- Mantener el orden, limpieza y organización de las bodegas de la unidad, de acuerdo con las necesidades del servicio y las instrucciones impartidas por la jefatura directa.
- Recepcionar, ordenar y resguardar los insumos clínicos y no clínicos provenientes de bodega,
manteniendo un adecuado control de su almacenamiento y disponibilidad para la unidad.
- Realizar una entrega de turno completa y oportuna al auxiliar del turno siguiente, informando las novedades relevantes relacionadas con las funciones desempeñadas y las actividades pendientes.
- Brindar apoyo logístico a la unidad, efectuando el retiro y traslado oportuno de insumos, soluciones, medicamentos y otros materiales desde las dependencias correspondientes, según los requerimientos asistenciales.
- Mantener una coordinación permanente y un trabajo colaborativo con el auxiliar del cuarto turno, favoreciendo una distribución eficiente de las funciones y asegurando la continuidad operativa de la unidad.
- Cumplir otras funciones afines al cargo que sean encomendadas por la jefatura directa, de acuerdo con las necesidades del servicio y dentro del ámbito de sus competencias.
- Velar por el correcto funcionamiento y disponibilidad del equipamiento básico de apoyo de la unidad, informando oportunamente a la jefatura cualquier deterioro, pérdida o necesidad de reposición.
- a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
- b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título competente o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
- e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
- f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos,
ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
- a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
#J-18808-Ljbffr
📌 Auxiliar de Servicio; Unidad de Cuidados Intermedios (Santiago)
🏢 Energia
📍 Santiago