17 ago
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Constitución
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Constitución
- Adicionalmente se entrega una tarjeta de $4500 por día trabajado por concepto de alimentación.
Requisitos Específicos
Cumplir con los requisitos de ingreso a la Administración Pública, según lo dispuesto en el Art. 11 de la Ley 18.834: a) Ser ciudadano(a);
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente; c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo; d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título cualificado o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria; f) No estar inhabilitado(a) para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado(a) por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702). No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado: a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio. b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. c) Ser director(a), administrador(a), representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más,
o litigios pendientes con el Servicio. d) Ser cónyuge, hijo(a), adoptado(a) o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios(as) directivos(as) del Servicio hasta el nivel de Jefe(a) de Departamento inclusive e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario(a), salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales. f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito. Cumplir con los requisitos del DFL N° 11 del 30-11-2017: Título de Técnico de nivel superior otorgado por un establecimiento de educación superior o reconocido por este o, Título de Técnico de Nivel Medio o equivalente, otorgado por el Ministerio de Educación,
Funciones del Cargo
- Recepcionar y almacenar materias primas y productos terminados de acuerdo a protocolos y normativas vigentes.
- Participar en la elaboración de regímenes o menús, según sistema de gestión y sistema productivo de acuerdo a protocolos y normas vigentes.
- Aplicar en todo momento las buenas prácticas de fabricación, además de cumplir con normas de control y prevención de infecciones intrahospitalarias asociadas a la atención de salud. IAAS.
- Realizar la distribución de raciones alimentarias de acuerdo a protocolos y normativas vigentes.
- Mantener la higiene personal, según DS 977/96. (RSA)
- Asistir y colaborar en funciones y tareas solicitadas por su jefatura directa o Nutricionista, dentro de su ámbito de competencia.
- Aplicar técnicas de higiene, limpieza y sanitización del ambiente, utensilios, maquinarias, mobiliario, material y equipos del área de trabajo, realizando procedimientos, según normas establecidas en el área a cargo.
- Participar en todas las actividades de la organización, que contribuyan a mantener una positiva relación entre los funcionarios, dentro del marco de las Políticas de Buen Trato.
- Cumplir con otras actividades además de las definidas, que se encuentren dentro de la naturaleza de sus funciones, de acuerdo con lo que la ley señale o lo que instruya su superior directo.
Objetivo del cargo
Ejecutar los procedimientos de alimentación, procesos asociados, operaciones de técnicas culinarias, de gastronomía aplicada a dietoterapia; por indicación y supervisión directa del Nutricionista, a fin de entregar raciones alimentarias a los usuarios, de acuerdo a normas y estándares establecidos.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Título de Técnico de nivel superior en alimentación otorgado por un establecimiento de educación superior del estado o reconocido por este o, Título de Técnico en alimentación de Nivel Medio o equivalente, otorgado por el Ministerio de Educación.
Especialización y/o Capacitación
Manipulación de alimentos e inocuidad alimentaria. Manipulación y uso de productos químicos, Trato al usuario, IAAS, Ley 20.584 de derechos y deberes de las personas en su atención de salud. y otros cursos atingentes.
Experiencia sector público / sector privado
Deseable experiencia en cargos similares o equivalentes.
Competencias
- Orientación de Servicio a las Personas: At
#J-18808-Ljbffr
📌 Res. 3072 Técnico de Alimentación Hospital de Constitución
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📍 Constitución