Subdirector(a) de Gestión y Desarrollo de las Personas (Santiago)

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21 ago
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Energia
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Santiago

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Santiago

Ministerio : Ministerio de Salud
Institución : Servicio de Salud Metropolitano Central
Cargo Estamento Fecha Vacancia Vacantes Renta Bruta Lugar Desempeño Subdirector(a) de Gestión y Desarrollo de las Personas Directivos 29/11/2016 1 4.054.831 Región Metropolitana de Santiago - Santiago

Comentarios Renta
Cargo : Subdirector(a) de Gestión y Desarrollo de las Personas

* Este cargo podría tener la opción de recibir asignación de función crítica anual de acuerdo con lo definido por la autoridad

2.1 Cargo : Subdirector(a) de Gestión y Desarrollo de las Personas
2.1.1.- Objetivo del cargo
Liderar y dirigir la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, a partir del diseño de políticas, planes y programas de gestión, promoviendo el desarrollo y bienestar de las personas, a nivel de Red de Salud Central, en los ámbitos de la capacitación continua, calidad de vida laboral, gestión del desempeño y del talento, desarrollo organizacional y gestión de personas, acorde con las orientaciones estratégicas, contribuyendo al logro de los desafíos institucionales, en concordancia con la normativa vigente y las prioridades del Servicio de Salud Metropolitano Central.

III. REQUISITOS Y PERMANENCIA

3.1. Requisitos generales:

Los(as) postulantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 46 y 47 del Decreto Supremo 69/04 del Ministerio de Hacienda, para la provisión de cargos de Jefes de Departamentos y equivalentes, a saber:

- Ser funcionario de planta o a contrata de algún Ministerio o Servicio regido por el Estatuto Administrativo. En el caso de los funcionarios a contrata, deben haberse desempeñado en tal calidad, al menos, durante los tres años previos al concurso, en forma ininterrumpida, lo que también será exigido para los funcionarios en calidad de suplentes, de acuerdo al dictamen 56.311 del año 2014 de Contraloría General de la República;
- Estar calificado en Lista N°1 de distinción;
- No estar afecto a las inhabilidades contenidas en las letras b), c) y d) del inciso segundo del artículo 27 del Reglamento sobre Concursos, esto es:
- No haber sido calificado durante dos períodos consecutivos.
- Haber sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante, y
- Haber sido sancionado con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.

3.1. Requisitos generales:

Los(as) postulantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 46 y 47 del Decreto Supremo 69/04 del Ministerio de Hacienda, para la provisión de cargos de Jefes de Departamentos y equivalentes, a saber:

- Ser funcionario de planta o a contrata de algún Ministerio o Servicio regido por el Estatuto Administrativo. En el caso de los funcionarios a contrata, deben haberse desempeñado en tal calidad, al menos, durante los tres años previos al concurso, en forma ininterrumpida, lo que también será exigido para los funcionarios en calidad de suplentes, de acuerdo al dictamen 56.311 del año 2014 de Contraloría General de la República;




- Estar calificado en Lista N°1 de distinción;
- No estar afecto a las inhabilidades contenidas en las letras b), c) y d) del inciso segundo del artículo 27 del Reglamento sobre Concursos, esto es:
- No haber sido calificado durante dos períodos consecutivos.
- Haber sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante, y
- Haber sido sancionado con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.

Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no deberán estar afectos a las inhabilidades contenidas en el artículo 54 del DFL N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es:

- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- Hallarse condenado/a por crimen o simple delito

3.2 Requisitos Especificos

Cargo : Subdirector(a) de Gestión y Desarrollo de las Personas
De conformidad con el Decreto con Fuerza de Ley N°26 del 2017, el(la) postulante deberá cumplir con alguno de los siguientes requisitos: a) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años, en el sector público o privado; o,b) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia competente no inferior a seis años, en el sector público o privado; o,

Para formalizar la postulación,



los interesados que reúnan los requisitos podrán hacerlo únicamente a través del Portal Empleos Públicos

Postulaciones a esta convocatoria

Última a las 01:16:27 del

Simbología

Tengo el documento requerido

No tengo el documento requerido

Esta convocatoria requiere de archivos adjuntos, que son necesarios para postular.

- Certificado de Jefatura RRHH donde desempeña funciones, que acredite requisitos art.46 DS 69/2004(H)

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados

5.1 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA POSTULAR

- Copia que acredite nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda.
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral.
- Certificado de la Jefatura de Recursos Humanos o encargado/a de Personal del Servicio donde se encuentra desempeñando funciones, que acredite lo siguiente:.

a. Calidad de funcionario/a de planta, a contrata o suplente de alguno de los Ministerios o Servicios regidos por el Estatuto Administrativo. En el caso de los empleados a contrata o suplente, requerirán haberse desempeñado en tal calidad, a lo menos, durante los tres años previos.

b. Calificación obtenida en el período inmediatamente anterior.

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en 17/08/ /08/2026

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 01/09/ /11/2026

Finalización del Proceso 03/11/ /11/2026

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 31/08/2026

Recordar que una vez que postula a una convocatoria, las respuesta a las preguntas realizadas en este apartado no podrán ser modificadas. La información que usted entregue será considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.

Mensaje de advertencia

Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

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