Jefatura Unidad de Proyectos Regional (Iquique)

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21 ago
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Energia
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Iquique

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Iquique

Déjese establecido que la renta bruta promedio estimada corresponde al grado 8 ° E.U.S., que asciende al equivalente de $ 3.893.161 (renta aproximada mes sin bonos de desempeño institucional $ 3.139.855; renta aproximada mes con bonos de desempeño institucional $ 5.399.773; se debe considerar bono por cumplimiento de Metas Institucionales que se paga trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Se consideran meses de desempeño completos y no se incluye la asignación de metas colectivas. Incluye bono de modernización mensualizado y asignación de zona extrema cuando corresponda. Estas asignaciones corresponden a remuneraciones variables que se perciben acumuladas trimestralmente. Su monto se define anualmente según cumplimiento de metas institucionales y colectivas. El incremento colectivo se percibe en la medida que el(la) funcionario(a) hubiese participado, de acuerdo con lo definido reglamentariamente, en el cumplimiento de las metas asignadas a su respectivo centro de responsabilidad. A partir del segundo año de desempeño se incorporará en la remuneración un bono por cumplimiento de metas colectivas.

La persona seleccionada será nombrada en un empleo calidad jurídica contrata, estará sujeto a evaluación de cinco meses renovables, según supervisión de jefatura directa.

La jornada laboral es de 44 horas semanales, distribuidas de lunes a jueves de 07:30 AM a 16:30 PM y viernes de 07:30 AM a 15:30 PM (Horario flexible).

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 sobre Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, en el caso de ser contratada(o) y/o nombrada(o) en alguno de los cargos publicados por la Dirección Nacional de Arquitectura,



la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

En conformidad a lo dispuesto en el D.F.L. N° 277/2010, que modifica los requisitos específicos de ingreso y promoción de la planta de personal de la Dirección de Arquitectura establecidos en el DFL N°139/91, cuyos requisitos específicos de ingreso son los siguientes:

i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 3 años; o

ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años.

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación basica y poseer el nivel educacional o t​​itulo cualificado o tecnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entendera que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios

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