21 ago
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Energia
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Santiago
Lugar de desempeño Oficinas de la DOH que corresponda:
Ciudad según indicado en condiciones
Horario de Trabajo Jornada ordinaria de 44 horas semanales.
Horario flexible; Ingreso de 07:30 a 09:00 horas Salida de lunes a jueves: 16:30 a 18:00 horas Salida viernes: 15:30 a 17:00
Jefatura directa del cargo Jefatura de Unidad correspondiente
Condiciones laborales Trabajo Oficina y Terreno.
Los requisitos específicos para el ingreso y promoción en cargos de planta de la Dirección de Obras Hidráulicas se encuentran regulados en el DFL N° 279, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, disponible en: https://bcn.cl/3na2g
Condiciones Generales
- -Conducir vehículos livianos institucionales, trasladando a funcionarios, funcionarias, equipos técnicos y/o autoridades, conforme a los requerimientos del servicio y cumpliendo estrictamente las normas de tránsito y los protocolos de seguridad vial.
- -Transportar documentación oficial, equipos, materiales u otros elementos necesarios para el cumplimiento de funciones institucionales, velando por su resguardo y conservación durante el trayecto.
- -Mantener el vehículo en condiciones operativas óptimas, controlando diariamente niveles de aceite, agua, presión de neumáticos y otros elementos básicos de funcionamiento, reportando oportunamente cualquier desperfecto.
- -Llevar registro actualizado del uso del vehículo, incluyendo kilometraje, rutas, consumo de combustible, mantenciones y usuarios, conforme a los formatos y sistemas establecidos por la institución.
- -Coordinar y ejecutar la revisión técnica, mantención preventiva y reparaciones necesarias del vehículo asignado, gestionando las autorizaciones correspondientes y realizando seguimiento a su ejecución.
- -Asegurar el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias e internas relativas al uso de vehículos fiscales, incluyendo normativa de control de combustible, bitácora, autorizaciones y seguros.
- -Apoyar actividades logísticas y operativas de la unidad, tales como distribución de correspondencia, apoyo en montaje de actividades institucionales, traslado de equipos u otros requerimientos excepcionales.
Objetivo del cargo
Conducir vehículos institucionales livianos para el traslado seguro y oportuno de personas, documentación, materiales u otros elementos relacionados con el quehacer de la Dirección de Obras Hidráulicas, tanto en zonas urbanas como rurales, asegurando el cumplimiento de las normas de tránsito, los procedimientos internos de la institución y los estándares de seguridad establecidos.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Se requiere enseñanza media completa. Será deseable contar con formación técnica de nivel medio o superior en áreas afines, tales como mecánica automotriz, transporte, logística o mantenimiento.
Se requiere licencia de conducir clase A vigente al momento de postular.
Especialización y/o Capacitación
Se valorará capacitación en conducción defensiva, mecánica básica, normativa sobre uso de vehículos fiscales y/o prevención de riesgos en conducción.
Experiencia sector público / sector privado
Se requiere experiencia previa en conducción de vehículos livianos, tanto en el sector público como privado, idealmente en contextos operativos, administrativos o de apoyo logístico. Se valorará experiencia en zonas rurales o de difícil acceso y hoja de vida del conductor del Registro Civil e Identificación intachable.
Competencias
Capacidad de leer, interpretar y aplicar correctamente reglas, instrucciones, normas o jurisprudencia.
Alfabetización numérica operativa
Capacidad de analizar datos, proporciones, presupuestos y tomar decisiones fundadas en cifras.
Capacidad de razonamiento contextual
Capacidad de conectar hechos, identificar supuestos y reformular acciones frente a cambios de contexto o nuevas evidencias.
Trazabilidad y toma de decisiones explicada
Capacidad de explicar de manera clara las causas y consecuencias de una decisión, identificando alternativas y criterios.
Ética pública y disposición al ajuste
Capacidad de ceder una posición errónea, acatar observaciones válidas y actuar con honestidad intelectual y normativa.
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
1. a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
2. b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
3. c)
Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
4. d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título cualificado o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
5. e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
6. f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
1. a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
2. b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
3. c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
4. d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
5. e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
6. f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Etapa I: Admisibilidad (PreI)
Esta etapa tiene por objeto verificar que las personas postulantes cumplen con los requisitos mínimos legales establecidos en el DFL N° 279 Del Ministerio de Obras Públicas, en relación con formación y experiencia laboral. La evaluación se realiza exclusivamente sobre la base de las respuestas declaradas en el sistema de postulación. No se revisan documentos en esta etapa.
Puntaje máximo: 20 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos
Criterios de evaluación:
Formación educacional Formación requerida por ley (DFL N° 279) 5 puntos
Formación educacional deseable según perfil del cargo 5 puntos
Experiencia laboral Experiencia mínima requerida por ley (DFL N° 279) 5 puntos
Experiencia profesional deseable según perfil del cargo 5 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos.
Avanzarán solo quienes cumplan con los requisitos legales mínimos. No existe un máximo definido de personas para avanzar a la siguiente etapa en esta fase.
Etapas de Selección
Etapa I: Admisibilidad (PreI)
Esta etapa tiene por objeto verificar que las personas postulantes cumplen con los requisitos mínimos legales establecidos en el DFL N° 279 Del Ministerio de Obras Públicas, en relación con formación y experiencia laboral.
La evaluación se realiza exclusivamente sobre la base de las respuestas declaradas en el sistema de postulación. No se revisan documentos en esta etapa.
Puntaje máximo: 20 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos
Criterios de evaluación:
Factor Subfactor Puntaje Formación educacional Formación requerida por ley (DFL N° 279) 5 puntos Formación educacional deseable según perfil del cargo 5 puntos Experiencia laboral Experiencia mínima requerida por ley (DFL N° 279) 5 puntos Experiencia profesional deseable según perfil del cargo 5 puntos Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos.
Avanzarán solo quienes cumplan los requisitos legales mínimos. No existe un máximo definido de personas para avanzar a la siguiente etapa en esta fase. Nota: Quienes no cumplan los requisitos legales mínimos serán excluidos del proceso, aun cuando hayan acumulado puntaje en subfactores deseables. Etapa II: Evaluación Curricular (PreII) Factor de Evaluación Subfactor de Evaluación Descripción del Factor Criterios esperados del factor y calificación Puntaje mínimo de aprobación por etapa 20,00 puntos Formación, experiencia y capacitación relacionadas directamente con el cargo Evalúa la pertinencia de los antecedentes declarados en relación con el perfil del cargo. Se consideran estudios, experiencia y cursos declarados. Alta Pertinencia: 20 a 12 puntos
Pertinencia Media: 11 a 5 puntos
Baja o Nula Pertinencia: 0 a 4 puntos 12,00 puntos
Avanzan a la siguiente etapa máximo las 10 personas con los mayores puntajes, siempre que hayan alcanzado el mínimo exigido. Puntaje mínimo de aprobación: 12 puntos.
Avanzarán a la siguiente etapa un máximo de 10 personas con los mayores puntajes, siempre que hayan alcanzado el puntaje mínimo. Etapa III: Apreciación Global Del Candidato (PreIII) Factor de Evaluación Subfactor de Evaluación Descripción del Factor Criterios esperados del factor y calificación Puntaje mínimo de aprobación por etapa 40,00 puntos Evaluación de la adecuación de los conocimientos técnicos para el ejercicio del cargo Entrevista estructurada aplicada por el Comité, orientada a identificar conocimientos técnicos, habilidades prácticas y competencias generales. Recomendable: 40 puntos
Adecuado: 25 puntos
Mínimo: 15 puntos
No
Recomendable:
0 puntos 25,00 puntos Puntaje mínimo de aprobación: 25 puntos.
Avanzarán a la siguiente etapa todas las personas que cumplan el mínimo exigido. Etapa IV: Evaluación Psicolaboral (PreIV) Factor de Evaluación Subfactor de Evaluación Descripción del Factor Criterios esperados del factor y calificación Puntaje mínimo de aprobación por etapa 20,00 puntos Aptitudes específicas para el desempeño de la función Entrevista psicolaboral aplicada por profesional del área o consultora externa. Recomendable: 20 puntos
Recomendable con Observaciones: 10 puntos
No Recomendable: 0 puntos (excluyente) 10,00 puntos Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos.
La evaluación 'No recomendable' implicará la exclusión del proceso.
- - Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- - Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (CV Formato Libre (Propio).)
Preguntas al Postulante
Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria
La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.
Mensaje de advertencia
Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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📌 Conductor Vehículo Liviano (Santiago)
🏢 Energia
📍 Santiago