29 ago
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Energia
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Santiago
En el marco del Plan de Mejora de la carrera de Licenciatura en Educación y Pedagogía en Educación Especial, se realiza el presente segundo llamado a concurso para proveer un cargo académico con grado de Magíster o Doctorado, jornada completa, a contrata, adscrito/a al Departamento de Educación Diferencial, con énfasis en la especialidad de Comunicación y Lenguaje y en la formación práctica. La jerarquización del/la seleccionado/a se realizará conforme al Título IV de la Resolución N°320/93 y no queda predeterminada por este concurso. Las funciones del cargo se orientan a las contempladas en el artículo 42° (Profesor/a Asistente), sin perjuicio de la jerarquía que corresponda según antecedentes.
Se espera que este/a cualificado posea competencias para integrarse a equipos de trabajo colaborativos e interdisciplinarios para el desarrollo de proyectos institucionales de mejoramiento continuo de los procesos de formación docente. Asimismo, deberá evidenciar una actitud responsable en el cumplimiento de plazos y metas comprometidas, adaptabilidad a los cambios y capacidad de resolución de conflictos. Deberá, además, mostrar disposición para generar e integrar líneas o proyectos de investigación, innovación y vinculación con el medio relacionados con la formación inicial y continua de profesores, en el área de formación práctica y didáctica de la educación en la especialidad de Comunicación y Lenguaje.
Condiciones Generales
La postulación deberá efectuarse en una única presentación a través de www.empleospublicos.cl, dentro del plazo indicado. El portal será el medio obligatorio de postulación. La eventual remisión de antecedentes a un correo institucional tendrá carácter meramente accesorio y su omisión no producirá inadmisibilidad si la postulación en el portal se encuentra completa y oportuna. Es responsabilidad de cada postulante verificar, antes de enviar la postulación, el número máximo de archivos y el peso máximo por archivo y por postulación que establezca el portal al momento de postular. Cuando sea necesario, los documentos podrán reunirse en uno o más archivos PDF consolidados, legibles y claramente identificados. La Universidad no será responsable por archivos que no se hayan cargado correctamente, sean ilegibles, estén vacíos o se encuentren corruptos. El Currículum Vitae institucional UMCE será obligatorio, aunque el portal solicite completar otro currículum. Solo se considerarán para la evaluación los antecedentes declarados en dicho currículum institucional y acreditados mediante documentos acompañados dentro del plazo. Cerrado el plazo, no se admitirán nuevos antecedentes ni documentos complementarios, salvo aclaraciones de documentos oportunamente acompañados que no incorporen nuevos méritos ni subsanen la omisión de un documento habilitante. La falta de un documento habilitante no podrá ser suplida mediante una mera declaración contenida en el Currículum Vitae, salvo cuando estas bases o la ley expresamente contemplen la declaración jurada como medio de acreditación. La Comisión deberá dejar constancia del documento faltante, ilegible o insuficiente y de la consecuencia aplicada.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Profesional con título de profesor/a de Educación Diferencial o disciplina afín, en posesión del grado académico de Magíster o Doctorado.
Experiencia sector público / sector privado
Experiencia docente en el sistema educativo de al menos 3 años, en escuela especial, establecimiento regular y/o contextos no tradicionales. Experiencia docente en educación superior en formación de profesores de al menos 3 años. Experiencia acreditada de al menos 2 años en formación práctica inicial, intermedia o final de docentes. Especialización y/o experiencia acreditada en desarrollo y dificultades de la comunicación y el lenguaje.
Postulaciones a esta convocatoria
Última a las 12:21:01 del 28-08-2026
Simbología
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (1.-CV formato Institucional ( se encuentra en Web umce, sección "trabaja con nosotros/as").
2.- certificados de respaldo. 3.- Carta de postulación.)
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lo dispuesto en el literal e), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Etapa 1 — Admisibilidad
Se verificará que el/la postulante haya entregado, dentro del plazo del punto 5.2 y a través del portal, los documentos de admisibilidad formal y los que acreditan los requisitos excluyentes del perfil exigidos en los puntos 4 y 5.1.3 (N° 1 a 9 de la tabla). Quienes no acrediten alguno de ellos quedarán fuera del concurso en esta etapa. Los respaldos adicionales de los N° 10 a 15 no se cotejan como excluyentes en esta etapa.
Etapa 2 — Evaluación de antecedentes
Respecto de los/as postulantes declarados/as admisibles, la Comisión evaluará la documentación cargada en el portal dentro del plazo de postulación, conforme a la rúbrica del punto 7.2. Solo se asignará puntaje a los factores debidamente respaldados y declarados en el CV institucional UMCE. Avanzarán a entrevista hasta un máximo de tres postulantes, correspondientes a los puntajes más altos de esta etapa. Si hubiere uno o dos postulantes admisibles o evaluados,
el concurso continuará con esa nómina reducida, sin que la falta de tres integrantes autorice por sí sola a declarar desierto el certamen. No se exige puntaje mínimo de corte en esta etapa: el orden de mérito se determina por el puntaje obtenido. La omisión de respaldos no excluyentes no produce exclusión, pero deja en 0 los factores no acreditados. En caso de empate en el puntaje de Etapa 2 que impida distinguir a los tres de mayor puntaje, se aplicará el mecanismo de desempate del punto 7.4.
Etapa 3 — Entrevista
Entrevista personal con la Comisión de Concurso, conforme al artículo 27° de la Resolución N°320/93. Se plantearán situaciones problemáticas vinculadas al perfil del cargo, evaluadas conforme a la rúbrica del punto 7.3. Se entrevistará a quienes integren la nómina de hasta tres postulantes definida en la Etapa 2, aunque dicha nómina tenga uno o dos integrantes. Las situaciones problemáticas serán las mismas para todos/as los/as entrevistados/as de una misma convocatoria.
Etapa 4 — Evaluación psicolaboral
Quienes integren la nómina de hasta tres postulantes que avancen desde la Etapa 3 serán sometidos/as a una evaluación psicolaboral antes de que la Presidenta de la Comisión eleve el acta a la Rectora. La evaluación será realizada por un/a psicólogo/a o profesional especializado/a, externo/a al Departamento de Educación Diferencial, mediante entrevista semiestructurada y/o aplicación de instrumentos psicolaborales estandarizados. Los criterios específicos de la evaluación serán informados a los/as integrantes de la nómina con anterioridad a su realización. Sus resultados se expresarán en alguna de las siguientes categorías: (a) Idóneo/a, (b) Idóneo/a con observación, o (c) No idóneo/a.
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (1.-CV formato Institucional ( se encuentra en Web umce, sección "trabaja con nosotros/as"). 2.- certificados de respaldo. 3.- Carta de postulación.)
Declaraciones Juradas
Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:
1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.
2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.
3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.
4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Fecha: Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
#J-18808-Ljbffr
📌 Académico adscrito al Departamento de Educación Diferencial (Santiago)
🏢 Energia
📍 Santiago