Técnico en alimentación grado 22 (Constitución)

Técnico en alimentación grado 22 (Constitución)

04 sep
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Energia
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Constitución

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Constitución

Adicionalmente se entregara una tarjeta correspondiente a $4500 por concepto de alimentaciòn.

Cumplir con los requisitos de ingreso a la Administración Pública, según lo dispuesto en el Art. 11 de la Ley 18.834:

- Ser ciudadano(a);
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
- No estar inhabilitado(a) para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado(a) por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director(a), administrador(a), representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier class de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo(a), adoptado(a) o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios(as) directivos(as) del Servicio hasta el nivel de Jefe(a) de Departamento inclusive.
- Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario(a), salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- Hallarse condenado(a) por crimen o simple delito.

Cumplir con los requisitos del DFL N° 11 del 30-11-2017

- Título de Técnico de nivel superior otorgado por un establecimiento de educación superior o reconocido por este o,
- Título de Técnico de Nivel Medio o equivalente, otorgado por el Ministerio de Educación,

Calendarización del Proceso

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl 02/09/2026-08/09/2026

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 09/09/2026-28/09/2026

Finalización del Proceso 29/09/2026-29/09/2026

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 08/09/2026

Correo de Contacto: [email protected]

Condiciones Generales

Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste y completar la ficha de postulación y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular. A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.
Los(as) postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan.
Los plazos establecidos, pueden estar sujeto a modificaciones.
El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos(as) candidatos(as) que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
Los(as) postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos(as) los(as) postulantes que se presenten en este proceso de selección.
Por restricciones presupuestarias la persona que postula debe acreditar el mismo estamento profesional ofrecido y requerido en el perfil de cargo, excluyéndose así personas que posean un título profesional diferente al requerido para el empleo.
Solo se recibirán postulaciones por la vía indicada en la presente Pauta.

Objetivo del cargo

Ejecutar los procedimientos de alimentación, procesos asociados, operaciones de técnicas culinarias, de gastronomía aplicada a dietoterapia; por indicación y supervisión directa del Nutricionista, a fin de entregar raciones alimentarias a los usuarios, de acuerdo a normas y estándares establecidos.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Título de Técnico en alimentación de nivel superior otorgado por un establecimiento de educación superior o reconocido por este o, Título de Técnico en alimentación de Nivel Medio o equivalente, otorgado por el Ministerio de Educación.

Experiencia sector público / sector privado

No requisito poseer experiencia.

Competencias

- Orientación de Servicio a las Personas: Atender de manera integral las necesidades usuarias internas y/o externas, asumiendo el compromiso de resolverlas de manera oportuna y eficiente utilizando habilidades comunicacionales, que le permitan ofrecer un trato digno de acuerdo a las políticas y normativas de la organización, corroborando que el servicio entregado sea efectivo y oportuno.
- Trabajo Cooperativo: Establecer relaciones de trabajo colaborativas y sinérgicas con quienes componen la institución, promoviendo ambientes de trabajo saludables y bien tratantes, que permitan cumplir con los objetivos institucionales, donde primen los intereses comunes por sobre los individuales.
- Adaptación al Cambio: Adecuar constructivamente el propio comportamiento frente a los diferentes escenarios que se le presenten,



a través del desarrollo de estrategias de aprendizaje y reorientación que permitan dar respuesta adecuada y oportuna a las necesidades institucionales.
- Aprendizaje Continuo: Capacidad para adquirir y asimilar nuevos conocimientos y destrezas de manera permanente, alcanzando un adecuado desempeño laboral. Incluye aprender de las experiencias de otros y compartir sus propios conocimientos.
- Trabajo bajo presión: Capacidad para mantener un ritmo de trabajo estable en situaciones de alta complejidad y exigencia, manteniendo bajo control las propias emociones y conductas, de manera tal que le permita conservar la efectividad en su desempeño, implementando acciones pertinentes de acuerdo con su área de trabajo.
- Adhesión a las normas: Capacidad y compromiso de respetar y cumplir las políticas, procedimientos, normativas y estándares institucionales y legales vigentes, asegurando que las acciones propias y del equipo se ajusten a lo esperado. Implica actuar con integridad, responsabilidad y probidad, promoviendo un ambiente de trabajo seguro, ordenado y confiable.

Postulaciones a esta convocatoria

Simbología

- Tengo el documento requerido
- No tengo el documento requerido
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (Obligatorio solo para los hombres)

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

La evaluación constará de 3 etapas que se llevarán a cabo de forma sucesiva, por lo que, para pasar a la etapa siguiente, es necesario aprobar la anterior. Las etapas son las siguientes:

Evaluación Psicolaboral

100

25%

a) Análisis Curricular (35% de la Ponderación Final)

Los(as) postulantes que podrán acceder a esta Etapa serán aquellos que presenten todos los documentos solicitados y cumplan con los requisitos legales detallados previamente.

Para esto, la Unidad de Reclutamiento y Selección llevará a cabo de forma previa la revisión de los documentos exigidos para acreditar la postulación al cargo (Admisibilidad), los cuales son los siguientes: Currículum Vitae actualizado en Empleos Públicos; Certificado de Título Profesional, Certificados de experiencia laboral (La presentación de esos documentos será excluyente para realizar la Etapa de Análisis Curricular) y Certificados de capacitaciones.

A continuación, la Comisión de Selección verificará los antecedentes de las personas candidatas que presenten en los documentos solicitados, evaluándose de la siguiente manera:

- Formación Educacional

Certificación de estudios que sean deseables para el cargo.

Título de Técnico en alimentación de nivel superior otorgado por un establecimiento de educación superior o reconocido por este o, Título de Técnico en alimentación de Nivel Medio o equivalente,



otorgado por el Ministerio de Educación.

Otro Título Profesional

0

* El puntaje para avanzar a la siguiente etapa es de 100 pts.

b) Evaluación Psicolaboral (25% de la Ponderación Final)

La Evaluación Psicolaboral será realizada por un(a) Profesional Psicólogo(a) de la Unidad de Reclutamiento y Selección del Hospital de Constitución, en la cual se analizará las condiciones y características de las personas candidatas respecto con las tareas, funciones y exigencias del puesto, con garantías de total imparcialidad y objetividad, baterías psicolaborales y una entrevista psicolaboral asegurando que los resultados efectivamente predigan el desempeño, midan rasgos propios y característicos de las personas y no prefiera a un género, etnia o religión sobre otros.

Los resultados de la Evaluación Psicolaboral se medirán en porcentaje de ajuste al perfil.

*El puntaje de corte para acceder a la siguiente etapa, el(a) postulante debe obtener mínimo 60 puntos correspondiente a 60% de ajuste al perfil.

*El lugar y horario se informará oportunamente vía correo electrónico, donde el(a) postulante deberá confirmar su asistencia a través de este medio. En caso de presentar algún inconveniente respecto a la citación, debe manifestarse por dicho medio para ver la opción de reagendar por única vez.

c) Entrevista Evaluación Global (40% de la Ponderación Final)

La Comisión de Selección realizará la evaluación global, a través de preguntas basadas en una pauta, previamente desarrollada por la misma comisión y la unidad de Reclutamiento y Selección, con el fin de evaluar y determinar el grado de ajuste de las personas candidatas al cargo vacante, con garantías de total imparcialidad y objetividad.

En la entrevista se realizarán diversas preguntas para identificar habilidades, conocimientos y competencias para evaluar y determinar el grado de ajuste de la persona postulante al cargo

Cada una de las personas integrantes de la Comisión que participe en la entrevista calificará a cada persona postulante con un puntaje entre 0 y 100 puntos. El promedio de los puntajes se asignará como puntaje final de la entrevista.

El puntaje máximo será de 100 puntos y el puntaje mínimo para aprobar la etapa será de 60 puntos. Estos puntajes se obtendrán del promedio entre los puntajes otorgados por cada persona, con derecho a voto, que integre la comisión.

0

Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda

Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Certificado Situación militar al día (Obligatorio solo para los hombres)

Declaraciones Juradas

Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653), de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA INGRESAR A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Fecha: Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil.

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

#J-18808-Ljbffr

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