10 sep
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Energia
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Valparaíso
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Valparaíso
El cualificado seleccionado/a será contratado por la Ley Nº 18.834, estamento profesional a contrata, grado 6° E.U.S.
Condiciones Generales
Difusión del ProcesoLa Pauta de Evaluación y Perfil de Cargo del Proceso de Selección se difundirán a través de correo electrónico a los establecimientos dependientes del Servicio de Salud Aconcagua, a través del sitio web www.serviciodesaludaconcagua.cl y por el Portal de Empleos Públicos https://www.empleospublicos.cl
Presentación de la postulación
La recepción de antecedentes se realizará sólo a través del Portal de Empleos Públicos, https://www.empleospublicos.cl desde el 08 de septiembre hasta el 14 de septiembre del 2026 a las 23:59 horas. La postulación tendrá que contener los siguientes documentos:
- Fotocopia simple de cédula de identidad en su cara frontal o certificado que acredite ser poseedor de un permiso de residencia vigente, en caso de extranjeros. (OBLIGATORIO).
- Título Profesional o Certificado de Título profesional legalizado ante notario o herramienta digital que permita comprobar su validez y veracidad. En caso de títulos extranjeros deben estar validados y apostillados. (OBLIGATORIO)
- Para Profesionales con Título de Médico Cirujano, deberán acreditar haber rendido y aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM)(OBLIGATORIO)
- Certificados o Documentos que acrediten experiencia laboral, que contenga la siguiente información: (OBLIGATORIO)(Anexo N°1) *Nombre del cargo desempeñado y sus funciones. * Fechas (día, mes y año) que señale tiempo desempeñado en cada cargo. * Cada certificado que acredite experiencia profesional debe contar con firma y timbre de jefatura y de la empresa o institución en la que se acredita la experiencia.
Los certificados de experiencia profesional, que no presenten alguno de estos requerimientos no podrán ser considerados para asignar el o los puntajes respectivos, descritos en el Factor de Evaluación Curricular.
6. Fotocopia de certificado de cursos de capacitación aprobados y con un mínimo de 20 hrs pedagógicas y Diplomados aprobados con un mínimo de 180 hrs. Pedagógicas aprobados desde el 01 de enero 2021 a la fecha del término del plazo de recepción de las postulaciones, en las temáticas señaladas en el perfil de selección. En caso de los Magíster aprobados se considerarán aquellos atingentes al cargo independiente del año de aprobación.
Objetivo del cargo
Dirigir y gestionar las áreas técnico-asistenciales y administrativas del establecimiento, en conformidad con las disposiciones de la red asistencial del Servicio de Salud Aconcagua y de acuerdo a las políticas públicas del Ministerio de salud, para entregar un servicio de salud integral, oportuno y de calidad para sus beneficiarios.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Formación Educacional
Título profesional según lo definido en los requisitos obligatorios del D.F.L N°9/2017
Experiencia sector público / sector privado
Experiencia profesional mínima de 5 años en establecimientos públicos de salud. Experiencia profesional mínima de 2 años en cargos directivos de Director, Subdirector o Jefe de Departamento en instituciones de salud públicas o privadas.
Postulaciones a esta convocatoria
Última a las 19:11:47 del 08-09-2026
Simbología
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (Certificado aprobación EUNACOM para médicos cirujanos, Certificado de registro de la Superintendencia de Salud para profesiones del área de la salud )
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito,
siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Orden de las etapas
Puntaje Máximo
- Experiencia profesional mínima de 5 años en establecimientos públicos de salud.
- Experiencia profesional mínima de 2 años en cargos directivos de Director, Subdirector o Jefe de Departamento en instituciones de salud pública o privada.
- Magister o Diplomados atingentes al cargo
- Capacitaciones atingentes al cargo.
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (Certificado aprobación EUNACOM para médicos cirujanos, Certificado de registro de la Superintendencia de Salud para profesiones del área de la salud )
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
#J-18808-Ljbffr
📌 Director-a Hospital San Antonio de Putaendo (Valparaíso)
🏢 Energia
📍 Valparaíso