CARGO MÉDICO(A) ESPECIALISTA EN RADIOLOGÍA JORNADA DISPONIBLE 11,22,33,44 HORAS SEMANALES (Copiapó)

CARGO MÉDICO(A) ESPECIALISTA EN RADIOLOGÍA JORNADA DISPONIBLE 11,22,33,44 HORAS SEMANALES (Copiapó)

12 sep
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Energia
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Copiapó

12 sep

Energia

Copiapó

Se ofrecen cargos de11,22,33 o 44 horas semanales,la contratación estará condicionada por una evaluación de desempeño, que se realizará posterior a 3 meses de ejercicio en el cargo y definirá la continuidad del/la postulante en la institución.
La remuneración indicada es de carácter referencial, por cuanto la renta final dependerá de:

- Los trienios legalmente reconocidos.
- La asignación de especialidad, conforme a certificación vigente.
- La asignación de permanencia, cuando corresponda.
- La etapa de la carrera funcionaria en que se encuentre el profesional (Planta EDF o Planta Superior Niveles I, II o III), de acuerdo con los años de experiencia profesional debidamente acreditados.

Sueldo bruto con Especialidad:

11 horas: $1.004.719

22 horas: $2.211.746.

33 horas: $3.317.617.

44 horas: $4.423.487.

El Hospital de Copiapó es un centro de salud pública de Alta Complejidad perteneciente a la Red Asistencial de la Tercera Región y del país, que ha definido como sus valores institucionales superiores la vocación de servicio, respeto, excelencia, equidad, cooperación y probidad; dedicado a prestar asistencia sanitaria en el ámbito de la promoción, prevención y rehabilitación, y asumiendo un compromiso con la relación asistencial docente para la formación de profesionales y técnicos para el sector salud, con el fin de alcanzar el máximo nivel de resolución y satisfacción de la población utilizando con eficiencia los recursos disponibles, respondiendo a criterios de oportunidad, universalidad, equidad, solidaridad, calidad y mejora continua e integración y participación de la comunidad.
Los Centros Regionales de Resolución (CRR) corresponden a una iniciativa implementada como parte de una estrategia ministerial para optimizar el uso de pabellones quirúrgicos, cuyo enfoque está en realizar cirugías mayores ambulatorias. Esto requiere un esfuerzo estratégico para reevaluar y seleccionar a los pacientes, con el objetivo de reducir notablemente las listas de espera, tanto a nivel regional como nacional.

- Poseer el Título Cualificado de Médico Cirujano, otorgado por una universidad estatal o reconocida oficialmente en Chile, o bien, contar con un título validado en el país conforme a la legislación vigente (EUNACOM aprobado).
- Poseer Certificado Registro Nacional de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud.

Calendarización del Proceso

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl 10/09/2026-22/09/2026

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 23/09/2026-06/10/2026

Finalización del Proceso 07/10/2026-16/10/2026

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 22/09/2026

Correo de Contacto: [email protected]

Condiciones Generales

Las personas interesadas en postular deberán hacerloúnicamente a través del Portal de Empleos Públicos(no Oficina de Partes, correo electrónico, etc.), para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste y completar el Curriculum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en VER CV) y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular.
Los documentos antes señalados se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción “Adjuntar Archivos”, donde deberán incluir todos aquellos que sean exigidos al momento de formalizar su postulación al cargo.
Si el postulante no adjunta los documentos requeridos, el sistema no le habilitará la opción de postular,quedando imposibilitado de aplicar a la convocatoria.
A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditadopor completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan.
El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán,



deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección.

- Realizar e interpretar informes de estudios imagenológicos.
- Interpretar radiografías convencionales.
- Interpretar estudios de tomografía computarizada.
- Interpretar estudios de resonancia magnética, cuando corresponda a su ámbito de competencia.
- Interpretar estudios de ecografía, según acreditación y competencias.
- Participar en procedimientos de radiología intervencionista, si el cargo contempla dicha prestación.
- Correlacionar los hallazgos imagenológicos con antecedentes clínicos.
- Emitir informes radiológicos oportunos, claros y técnicamente fundamentados.
- Participar en reuniones clínicas y/o comités multidisciplinarios.
- Aplicar protocolos de seguridad y protección radiológica.
- Participar en actividades de calidad, seguridad del paciente y mejora continua.
- Mantener registros e informes asociados a las prestaciones realizadas.
- Cumplir protocolos, normas técnicas y procedimientos institucionales.

Objetivo del cargo

Brindar atención médica especializada en el ámbito de la Radiología e Imagenología, mediante la realización, interpretación e informe de exámenes y procedimientos de diagnóstico por imágenes, de acuerdo con la cartera de prestaciones y modalidades disponibles en la Unidad de Imagenología del Hospital Regional de Copiapó.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Poseer el título profesional de Médico Cirujano, otorgado por una universidad estatal o por una institución reconocida oficialmente en Chile, o bien contar con un título validado en el país conforme a la legislación vigente. Además, se requiere tener aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM).

Contar con la especialidad en Radiología, otorgada por una universidad reconocida; también se aceptará la certificación como especialista emitida por la Comisión Nacional de Acreditación de Especialidades Médicas (CONACEM).

- Curso de Infecciones Asociadas a la Atención de Salud (IAAS).
- Curso de RCP Básico o Avanzado.
- Curso/Diplomado en Radiología.

Experiencia sector público / sector privado

- Deseable 1 año de experiencia como Médico(a) Especialista en Radiología sectores públicos o privados, relacionado al puesto de trabajo.

Competencias

Institucionales

- Probidad y Ética en la Gestión Pública
- Orientación al Cliente Interno y Externo
- Compromiso con la Organización
- Probidad y Conducta Ética
- Orientación al Usuario
- Responsabilidad
- Calidad de trabajo
- Trabajo en equipo
- Perseverancia
- Flexibilidad
- Empatía y Buen Trato.
- Trabajo Bajo Presión.
- Tolerancia a la Frustración.
- Manejo de Conflictos
- Confiabilidad
- Manejo de Herramientas Office Nivel Intermedio (Word, Excel, PowerPoint y Outlook).
- Manejo computacional medio.

Postulaciones a esta convocatoria

Simbología

Tengo el documento requerido

No tengo el documento requerido

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (Superintendencia de Salud))

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media,



se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

A. ANÁLISIS CURRICULAR: Corresponde a la revisión y evaluación de los currículos de los postulantes considerando la formación educacional, capacitación y experiencia laboral. La formación educacional se debe acreditar mediante certificado, al igual que las capacitaciones, que deberán contener fecha y cantidad de horas, y se deberán adjuntar a la postulación.

B. COMPETENCIA TÉCNICA: Etapa del proceso en la que se evalúan los conocimientos técnicos del postulante requeridos para el desempeño del cargo, mediante una evaluación o entrevista técnica.

C. EVALUACIÓN PSICOLABORAL: Consiste en la evaluación del perfil laboral del/la candidato/a al cargo específico, de acuerdo con el perfil señalado en las presentes bases.

D. ENTREVISTA DE APRECIACIÓN GLOBAL: A través de una entrevista personal realizada por una comisión de selección, se aprecia de forma global a los postulantes.

E. SELECCIÓN FINAL: Se confeccionará una lista de postulantes con aquellos que aprobaron las tres etapas anteriores, ordenados en forma decreciente según su puntaje final, obtenido de la suma de los puntajes de las etapas análisis curricular, evaluación técnica y evaluación Psico-laboral. Serán seleccionados(as) los (las) postulantes.

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda

- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

- Otros (Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (Superintendencia de Salud))

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

#J-18808-Ljbffr

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