Profesional Encargado(a) de Bienestar, reemplazo (Santiago)

Profesional Encargado(a) de Bienestar, reemplazo (Santiago)

18 sep
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Energia
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Santiago

18 sep

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Santiago

La duración del contrato inicial será de 6 meses, a plazo fijo, atendido que el cargo se provee para el reemplazo del permiso post natal de la titular. Al término de dicho plazo, el/la Director/a Nacional, previa evaluación de desempeño, podrá resolver su prórroga. En ningún caso este concurso habilitará para un contrato de duración indefinida.

Al asumir el cargo de Profesional Encargado/a de Bienestar le corresponderá desempeñar las siguientes funciones:

- Elaborar, administrar y controlar el presupuesto anual del Servicio de Bienestar, con el objeto de asegurar el cumplimiento de los procedimientos administrativo-contables establecidos, principalmente el balance financiero.
- Gestionar y mantener un registro actualizado de la documentación pertinente al Servicio de Bienestar, incluidos la propuesta de presupuesto, estados financieros, actas de reuniones y planillas de servicios y beneficios gestionados por Bienestar.
- Coordinar, gestionar y controlar la entrega de beneficios por parte de la compañía de seguros de salud en convenio con el Servicio.
- Coordinar y gestionar la labor del Consejo de Bienestar, realizando las tareas necesarias para su constitución y funcionamiento.
- Atender, resolver y/o derivar las consultas y/o requerimientos de los y las afiliadas al Servicio de Bienestar, con el objeto de asegurar la adecuada satisfacción de sus necesidades y garantizar la priorización de los casos sociales de mayor urgencia.
- Elaborar el Programa de Calidad de Vida Laboral, Autocuidado o Cuidado del Equipo, generando reportes e informes ejecutivos sobre la gestión y funcionamiento del Servicio de Bienestar y del Programa de Calidad de Vida Laboral.
- Gestionar los diversos beneficios institucionales de los funcionarios, de acuerdo a la normativa vigente.
- Realizar un reporte semestral de la gestión de Bienestar, considerando su organización, procedimientos internos y principalmente de las necesidades de los/as afiliados/as.
- Apoyar acciones del Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas referidas a temáticas de celebraciones, actividades extra programáticas, entre otras. 10. Realizar todas aquellas tareas de rutina, necesarias para la buena marcha del servicio, que le sean encomendadas por su jefatura directa, y que se encuentren relacionadas con las labores contratadas.

Objetivo del cargo

Coordinar, gestionar y controlar el funcionamiento del Servicio de Bienestar, con el objeto de asegurar una entrega rápida y eficiente de beneficios, garantizar el desarrollo de actividades y/o convenios que permitan mejorar la calidad de vida de los funcionarios y funcionarias y contribuir al logro de los objetivos estratégicos del Departamento.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Título profesional de Asistente Social y/o Trabajador Social, con una formación mínima de 8 semestres de duración de una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste.

Especialización y/o Capacitación

Requerida especialización en gestión de bienestar, calidad de vida y/o trabajo social.

Experiencia sector público / sector privado

Un año de experiencia competente en gestión del Servicio de Bienestar, dentro del Sector Público.

Postulaciones a esta convocatoria

Última a las 15:30:32 del

Simbología

- Tengo el documento requerido
- No tengo el documento requerido
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

- a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
- b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización,



cuando fuere procedente.
- c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
- e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
- f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el , según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

- a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

Etapas de Selección

Etapa N° 0: Admisibilidad Será considerado postulante idóneo aquél que cumpla con lo establecido en el punto 2.2, esto es, con la formación, especialización y experiencia profesional solicitada, adjuntando los certificados y documentos de respaldo correspondientes. Si bien esta etapa no arrojará puntaje para la calificación final, permitirá al postulante participar o no de este proceso de selección.

Etapa Nº 1: Evaluación Curricular Mediante la tabla que se muestra a continuación,



se realizará la evaluación curricular de los antecedentes que sean presentados por los postulantes y que hayan postulado correctamente (según lo establecido en esta pauta de selección). Los postulantes que no alcancen el puntaje mínimo, no podrán pasar a la siguiente etapa. Esta etapa tiene un puntaje máximo ponderado de 25 puntos y un puntaje mínimo ponderado de 19 puntos, para pasar a la evaluación técnica. De entre quienes alcancen el puntaje mínimo de esta etapa, los/as cinco postulantes con los mayores puntajes ponderados pasarán a la evaluación técnica. Cuando el puntaje que ocupa el quinto lugar sea compartido por más de un/a postulante, avanzarán todos/as quienes lo hayan obtenido, aun cuando ello supere el número indicado.

Etapa Nº 2: Evaluación Técnica En esta etapa se evaluarán las competencias técnicas para el desempeño del cargo, mediante una prueba escrita de conocimientos específicos. Los postulantes que no alcancen la puntuación mínima, no podrán pasar a la siguiente etapa. Los cinco mayores puntajes ponderados tras esta etapa pasarán a la etapa de evaluación psicolaboral. Cuando el puntaje que ocupa el quinto lugar sea compartido por más de un/a postulante, avanzarán todos/as quienes lo hayan obtenido, aun cuando ello supere el número indicado.

- Normativa de los servicios de Bienestar en el Sector Público.
- Conocimiento sobre elaboración de presupuesto y balance de Servicios de Bienestar del Sector Público.
- Norma de “Ambientes Laborales y Calidad de Vida Laboral” de la DNSC.

Etapa Nº 3: Evaluación Psicolaboral En esta etapa se evaluará la adecuación psicológica del postulante en relación al perfil del cargo. El método utilizado será aquel que permita medir objetivamente las aptitudes y competencias específicas requeridas para el desempeño del cargo (entrevista por competencias y test psicológicos). La evaluación la realizarán consultoras y/o psicólogos/as externos, en sus propias dependencias. Los 3 mayores puntajes ponderados pasan a la etapa de entrevista de valorización global. Los postulantes que no alcancen la puntuación mínima, no podrán pasar a la siguiente etapa.

Etapa Nº 4: Entrevista de Valorización Global El objetivo de esta evaluación es determinar si el postulante cumple o no con las exigencias requeridas para ejercer adecuadamente las funciones del cargo. Esta evaluación la realiza el Comité de Selección, mediante una pauta de evaluación pre-establecida.

Resultados Finales Para ser considerado postulante idóneo el candidato deberá reunir un puntaje final igual o superior a 73,5 puntos. Como resultado del proceso de selección, el Comité de Selección propondrá al Director/a Nacional una nómina con los nombres de los/as candidatos/as que hubieren obtenido los mejores puntajes en la etapa N°4, con un máximo de tres (3). Importante: Para mayor información sobre los factores, sub-factores y puntajes de cada una de las etapas, así como de los resultados por etapa, se sugiere revisar la Pauta del Proceso de Selección disponible en el sitio web de SENADIS, sección "Trabaje en Senadis", o a través de nuestro correo

Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda

Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

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