04 oct
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Servicio Civil
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Valparaíso
04 oct
Servicio Civil
Valparaíso
Se inicia el período de reclamación hasta el 09/09/2026 23:59:59
Septiembre
Se envía a la autoridad la nómina de candidatos elegibles para el cargo, la cual fue conformada el día 24/08/2026 por el Comité de Selección, a partir de las entrevistas realizadas.
El Comité de Selección inicia las entrevistas a candidatos/as que avanzaron a esta etapa.
El Comité de Selección, a partir de los resultados de la evaluación de todos los candidatos/as, decide entrevistar a 9 candidatos/as.
Empresa especializada en reclutamiento y selección - inicia la evaluación evaluación directiva y/o evaluación de competencias de los candidatos/as del sistema de postulación en línea.
El Comité de Selección, a partir de los resultados entregados por la empresa especializada en reclutamiento y selección - , define que 24 candidatos/as avancen a la siguiente etapa correspondiente a evaluación directiva y/o evaluación de competencias.
La empresa especializada en reclutamiento y selección - inicia el proceso de Análisis Curricular de 60 candidatos/as.
Del total de candidatos/as del sistema de postulación en línea, 60 cumplen Requisitos Legales, de acuerdo a la información consignada en sus antecedentes de postulación y por tanto, avanzan a la etapa de Análisis Curricular
Finaliza el plazo de recepción de antecedentes para el cargo. Se recibió un total de 96 postulaciones a través del Sistema de Postulación en Línea
Se publica la convocatoria en el sitio web y en diarios de circulación nacional y/o regional, con plazo de postulación hasta el 13/07/2026 23:59:59.
Requisitos Legales
Tener el título de abogado, contar con una experiencia cualificado de, a lo menos, ocho años y poseer las demás calidades establecidas en el presente estatuto.
Fuente Legal: inciso primero del artículo 28 de la Ley N° 21.094 del Ministerio de Educación sobre Universidades Estatales y artículo 35 del DFL N° 14, del Ministerio de Educación que Aprueba Estatuto de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación.
Experiencia y Conocimientos
Serequiere contar con al menos 3 años de experiencia en cargos de dirección,jefatura o coordinación de equipos en materias de Derecho Administrativo, en unnivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo*.
Adicionalmente, sevalorará tener experiencia en:**.
- GestiónFinanciera y Compras Públicas
- Leyde Transparencia y Prevención del delito
- Manejo de herramientas de tecnologíaavanzada en procesos de auditoría
*Se considerará laexperiencia laboral de los últimos 15 años.
Es un criterio excluyente.
**No es un criterioexcluyente, entrega puntaje adicional en el análisis curricular.
El Contralor Universitarioes responsable de ejercer el control de legalidad de los actos administrativosemanados de las autoridades de la Universidad de Playa Ancha, y de auditar lagestión y el uso de los recursos de la institución.
Desafíos y lineamientos del cargo
- ElContralor Universitario deberá liderar su gestión bajo un enfoque proactivo ypreventivo. Además de las atribuciones legales y estatutarias permanentes, seestablecen los siguientes desafíos estratégicos para su periodo:
- Promoveren la comunidad universitaria la cultura de la legalidad, la transparencia y eluso eficiente de los recursos públicos.
- Impulsary desarrollar medidas que promuevan ambientes laborales y académicos basados enla igualdad de género, la no discriminación y el respeto a la dignidad humana.
- Implementary fortalecer un Sistema de Integridad Institucional a través de laoptimización, monitoreo y aprendizaje continuo entre los niveles directivos ysus colaboradores.
- Optimizarla función contralora mediante la digitalización de procesos y el uso deherramientas tecnológicas para la auditoría continua.
- Desarrollarcon las unidades operacionales una matriz de riesgos institucionales quepermita anticipar nudos críticos en la gestión administrativa y financiera.
El cargo corresponde a un Grado 2° de la Escala de Remuneraciones de la Universidad de Playa Ancha, cuyo monto bruto mensual referencial año 2026 es de $4.975.810.-
Condiciones de Desempeño
- Nombramiento.
El Contralor Universitario será nombrado por el Consejo Superior a partir de una terna elaborada mediante el Sistema de Alta Dirección Pública, con el propósito de garantizar la idoneidad de los candidatos y la imparcialidad del proceso de selección.
(Fuente Legal: artículo 28 de la Ley N° 21.094 y artículo 35 del DFL N° 14, que aprueba Estatuto de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación)
- Extensión del nombramiento.
El Contralor Universitario será nombrado por el Consejo Superior por un período de seis años, pudiendo ser designado, por una sola vez,
para el período siguiente.
(Fuente Legal: artículo 28 de la Ley N° 21.094 y artículo 35 del DFL N° 14, que aprueba Estatuto de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación)
-Causales de remoción en el cargo de integrante del Consejo.
La remoción del (de la) Contralor(a) Universitario(a) sólo procederá por acuerdo adoptado por los dos tercios de los miembros en ejercicio del Consejo Superior.
La remoción procederá por las siguientes causales:
a. Notable abandono de deberes.
b. Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente, conforme a las disposiciones del Estatuto Administrativo y Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c. Contravención grave a la normativa universitaria.
d. Las demás que establezcan los estatutos y las leyes.
(Fuente Legal: artículo 35 del DFL N° 14, que aprueba Estatuto de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación)
-Dependencia técnica.
El contralor universitario estará sujeto a la dependencia técnica de la Contraloría General de la República, de conformidad a lo establecido en la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto Nº 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda.
(Fuente Legal: artículo 29 de la Ley N° 21.094 y artículo 35 del DFL N° 14, que aprueba Estatuto de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación)
- Otras obligaciones a las cuales se encuentran afectos.
El Contralor universitario estará sujeto a los deberes y al régimen de responsabilidad establecido en los Capítulos 1 y 2 del Título II de la ley N° 20.880.
Le será aplicable en el ejercicio de sus funciones las normas de probidad contenidas en las disposiciones del Título III de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los deberes establecidos en la ley N° 20.730, y estarán afectos al principio de abstención a que se refiere el artículo 12 de la ley N° 19.880.
A través del Sistema de Postulación para cargos de Alta Dirección Pública usted podrá conocer y postular las convocatorias realizadas por la Dirección Nacional del Servicio Civil
Horario de atención:
Lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas
#J-18808-Ljbffr
📌 Contralor Universitario Universidad de Playa Ancha (Valparaíso)
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📍 Valparaíso