Técnico en Prevención de Riesgo (Valparaíso)

Técnico en Prevención de Riesgo (Valparaíso)

08 oct
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Energia
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Valparaíso

08 oct

Energia

Valparaíso

- Se considera un periodo de prueba por 3 meses.
- Sueldo Bruto: $1.203.888.-
- Se paga un Bono Trimestral ( marzo-Junio-Septiembre-Diciembre de Zona Extrema por un monto líquido de $465.778.- Requisito estar en funciones y se paga proporcional a días trabajados.
- Sin derecho a alojamiento.
- Se considera compra de pasaje de Santiago/Isla de Pascua.

Calendarización del Proceso

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl 01/10/2026-09/10/2026

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 12/10/2026-16/10/2026

Finalización del Proceso 19/10/2026-23/10/2026

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 09/10/2026

Condiciones Generales

- La contratación se realizará conforme a la normativa vigente aplicable al sector público.
- La persona seleccionada deberá cumplir con los requisitos establecidos en el DFL correspondiente, Estatuto Administrativo y demás normativa aplicable.
- Los antecedentes presentados por los/as postulantes podrán ser verificados por la institución durante cualquier etapa del proceso.
- El proceso podrá ser declarado desierto si no existen postulantes idóneos para el cargo.
- Las citaciones y notificaciones se realizarán mediante correo electrónico y/o portal Empleos Públicos.
- Es responsabilidad del/la postulante mantener actualizados sus antecedentes de contacto y revisar permanentemente el estado de su postulación.
- La institución se reserva el derecho de modificar fechas o etapas del proceso por necesidades del servicio.
- La contratación definitiva quedará sujeta a disponibilidad presupuestaria y aprobación administrativa correspondiente.
- En caso de ser requerido, el/la postulante deberá presentar documentación original o legalizada para acreditar requisitos y antecedentes curriculares.
- Contribuir con la Subdirección Administrativa en la planificación, implementación, ejecución y supervisión de una política de prevención de riesgos y salud ocupacional del Hospital Hanga Roa.
- Implementar y supervisar el cumplimiento, por parte de todo el personal del hospital, de las normativas nacionales y locales que regulan el ámbito de prevención de riesgos y medio ambiente.
- Hacerse cargo de la implementación y ejecución del Manual de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (R.E.A.S.), incluyendo la operación de equipos asociados y el manejo de los resultantes.
- Integrarse a los distintos Comités que se constituyen en el establecimiento para aportar sus competencias laborales en la consecución de los objetivos institucionales, derivados de las normas y resoluciones vigentes.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

- Título de Técnico en Prevención de riesgos y Salud Ocupacional, o superior.
- Deseable Capacitación en manejo de residuos R.E.A.S.

Experiencia sector público / sector privado

- Exigible experiencia profesional de a lo menos 3 años (técnico en Nivel superior), y ( 5 en Técnico de Nivel Medio) cargos relacionados con Prevención de Riesgo y Gestión Ambiental u otras actividades a fines. Público o privados, en hospitales excluyente.
- Se evaluará positivamente haber trabajado en Salud.

Postulaciones a esta convocatoria

Última a las 00:44:41 del 07-10-2026

Simbología

Tengo el documento requerido

No tengo el documento requerido

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda





- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título cualificado o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f)



Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

- Revisión de admisibilidad y antecedentes curriculares.
- Evaluación curricular y experiencia laboral relacionada al cargo.
- Evaluación técnica de conocimientos específicos.
- Evaluación psicolaboral y de competencias.
- Resolución final del proceso de selección.

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda

- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Declaraciones Juradas

Declaración jurada que acredite que el/la postulante no se encuentra afecto a las inhabilidades (Honorarios y Código del Trabajo)

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- No estar afecto o afecta a las inhabilidades administrativas señaladas en el artículo 54 del DFL N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, a saber:

1.1- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio al cual postulo.

1.2- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos/as, adoptados/as o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

1.3- Ser director/a, administrador/a, representante o socio/a titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.

1.4- Ser cónyuge, hijo/a, adoptado/a o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los directivos y directivas del Servicio hasta el nivel de Jefatura de Departamento o su equivalente inclusive.

Fecha: Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil.

Preguntas al Postulante

Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria

La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.

Mensaje de advertencia

Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

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📌 Técnico en Prevención de Riesgo (Valparaíso)
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📍 Valparaíso

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