ENCARGADO DE CASA CENTRO IP IRC ARAUCANIA - Región de la Araucanía - PRS 25 -2026 (Cholchol)

ENCARGADO DE CASA CENTRO IP IRC ARAUCANIA - Región de la Araucanía - PRS 25 -2026 (Cholchol)

08 oct
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Energia
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Cholchol

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Cholchol

Déjese establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata, por un primer periodo de 3 meses, la que se renovará según informe de desempeño de su jefatura directa. Sin perjuicio de ello, se hace presente que las contratas duran como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación.

Disponibilidad: Ingreso a partir desde la fecha de término del proceso de selección.

Bonificaciones: La remuneración se incrementa durante los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre según la Ley de Modernización Nº 19.553. La entrega de este bono se encuentra sujeto al cumplimiento institucional de las metas.

El Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil es la entidad especializadadelGobierno de Chile, responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la Ley N° 20.084, mediante la elaboración e implementación de políticas y programas que contribuyan a la modificación de la conductadelictiva y la reinserción social de los jóvenes.

Sus objetivos estratégicos son:

1.- Asegurar la calidad de los programas de intervención en los distintos tipos de medidas, sanciones y mediaciones contempladas en la Ley N°20.084 sobre responsabilidad penal juvenil, a travésdelModelo de Intervención Especializada (MIE) mediante la implementación gradual de la institución.

2.- Coordinar la oferta programática de la red intersectorial y de la red involucrada en la implementacióndelmodelo de intervención, de acuerdo con las necesidades de los adolescentes y jóvenes en conflicto con la Ley, y a la demanda de cobertura de atención en los territorios.

3.- Asegurar dentrodelámbito de su competencia la capacidad organizacionaldelSistema de Justicia Juvenil a través de una estrategia integral que incluya la atención adecuada y oportuna de los órganos de la AdministracióndelEstado, mejorando la accesibilidad y equidad en los servicios necesarios para mejorar la satisfacción y resultados de los adolescentes y jóvenes en la reinserción social.

Título de una carrera de, a lo menos, 08 semestres de duración, otorgado por una institución del Estado o reconocido por éste

Aquellas personas que hayan obtenido su título profesional en el extranjero deberán encontrarse validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, a saber: Para todos aquellos títulos o grados que han sido otorgados por algún país en convenio con Chile:

- Mediante un reconocimiento en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Mediante reconocimiento en el Ministerio de Educación de Chile Para todos aquellos títulos o grados obtenidos en países que no poseen un convenio actual con Chile:
- Mediante la revalidación o reconocimiento en la Universidad de Chile.
- Inhabilidades para el desempeño de la función.

Calendarización del Proceso

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl 05/10/2026-14/10/2026

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 15/10/2026-04/11/2026

Finalización del Proceso 05/11/2026-09/11/2026

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 14/10/2026

Correo de Contacto: [email protected]

Condiciones Generales

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 del D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo:

- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia:

- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
- Apoyar al equipo directo, a través del manejo operativo de las casas o dependencias donde habitan los/las jóvenes.




- Asegurar el correcto funcionamiento y administración de todo lo que se requiere a nivel de mantención y servicios en la casa, facilitando la operatividad terapéutica y social.
- Participar en la elaboración de una política de intervención en crisis junto a sus pares, velando por su comunicación y preparando al resto de los funcionarios.
- Facilitar condiciones de seguridad en la casa, alineándose con el coordinador/a de operaciones.
- Acompañar el traslado de jóvenes desde su casa hacia otras dependencias del centro de cumplimiento, contribuyendo a la seguridad dinámica y debido resguardo de la dotación de tutores que deben cumplir su turno en cada casa.
- Apoyar la resolución de eventos de crisis al interior de la casa cuando acontecen, ajustándose a los procedimientos y protocolos establecidos.
- Insumar información actualizada para la toma de decisiones en materia de segregación interna.
- Comunicar al coordinador de operaciones, necesidades de la casa para gestionarlas oportunamente, garantizando las rutinas de los jóvenes y su proceso socioeducativo.
- Liderar dentro de la casa, prácticas de cuidado de la infraestructura y el equipamiento, que involucren a los jóvenes, Tutores y Gestores de Caso que ocupan dicho espacio, en colaboración con el Coordinador/a Operativo.
- Liderar dentro de la casa, prácticas de seguridad y prevención de riesgos, que involucren a los jóvenes, Tutores y Gestores de Caso que ocupan dicho espacio, en colaboración con el Encargado/a de Seguridad y el Comité Paritario del Centro.
- Registrar sus atenciones oportunamente en el sistema de expediente único (EUE), libro de novedades u otro.
- Desempeñar otras tareas y funciones encomendadas por su jefatura en su ámbito de acción.

13. Asesorar al coordinador/a de operaciones y desempeñar otras tareas y funciones encomendadas por su jefatura en su ámbito de acción.

Objetivo del cargo

Velar por el adecuado funcionamiento de las casas del centro de cumplimiento en régimen cerrado, garantizando las condiciones de habitabilidad, seguridad para la ejecución de las diversas intervenciones técnicas con las y los adolescentes y jóvenes

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Deseable título profesional de las ciencias sociales, educación o afín, para quienes cumplan turno diurno. Deseable título técnico de las ciencias sociales, educación o salud, para quienes cumplan turno nocturno

Especialización y/o Capacitación

Intervención en Crisis Deseable: Experiencia en Coordinación de Equipos Experiencia en Adolescencia y Jóvenes

Experiencia sector público / sector privado

Experiencia sector público / sector privado

Intervención en Crisis Deseable: Experiencia en Coordinación de Equipos Experiencia en Adolescencia y Jóvenes Experiencia sector público / sector privado

Deseable 2 años de experiencia laboral.

Deseable 1 año de experiencia en el control operativo, administrativo y de seguridad de un Centro de atención de jóvenes privados de libertad.

Al Deseable 1 año de experiencia en el apoyo de intervenciones con jóvenes

Intervención en crisis.

Deseable experiencia en coordinación de equipos

Competencias

- Integridad.
- Trabajo Colaborativo.
- Orientación al Usuario.
- Tolerancia a la adversidad
- Flexibilidad y adaptacion
- Orden y metodo

Postulaciones a esta convocatoria

Última a las 00:57:29 del 07-10-2026

Simbología

Tengo el documento requerido

No tengo el documento requerido

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).





No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

El proceso de Selección constará de:

- Admisibilidad donde se evaluará certificado de estudios y experiencia.
- Evaluación donde se evaluará curricular, psicolaboral y entrevista de competencias a través de consultora externa.
- Entrevista de Apreciación General: podrá ser realizada de manera presencial o a distancia ante una comisión técnica y/o jefatura directa.

* Calendario Sujeto a modificación según la necesidad del Servicio.

*Toda citación presencial a los postulantes se realizará con 24 horas de anticipación*.

*El costo asociado al traslado para participatear del proceso de selección es de responsabilidad del postulante*

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Otros (CURRICULUM)

Declaraciones Juradas

Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA INGRESAR A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señadas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Fecha: Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil.

Preguntas al Postulante

Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria

La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.

Mensaje de advertencia

Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

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