- La persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata que dura como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que lo sirvan, expiran sus funciones en esa fecha por el solo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga de contrato con a lo menos 30 días de anticipación.
- Los primeros 4 meses estará a prueba y se contempla una evaluación de desempeño al tercer mes a fin de establecer su permanencia en el cargo. En caso de ser necesario se podrá realizar un segundo periodo de evaluación por tres meses. Estas evaluaciones serán realizadas por el Jefe directo.
- 01 cargo de 44 horas semanales distribuidas en jornada diurna en horario de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y los viernes de 08:00 a 16:00 horas.
- Cabe destacar que deberá presentar amplia disponibilidad para realizar horas extraordinarias y presentar flexibilidad de horario si se requiere por la Institución.
- Además de, modificar sus funciones según lo establecido en normativa vigente y su jornada laboral de sistema de diurno a cuarto turno en caso de ser necesario para el buen funcionamiento de la institución.
- Su función la desempeñará dentro y fuera del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz “Los Ángeles, de acuerdo con las necesidades de la Institución.
- Cargo dependiente del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles, Servicio de Salud Biobío.
- Experiencia como Técnico en Enfermería de 6 meses en Centro de Salud de Alta Complejidad público o privado.
Condiciones Generales
- Currículum Vitae propio (Obligatorio para participar del proceso de selección y deberán adjuntarlo en la opción “CV Formato Libre Propio”)
- Copia de Título de Técnico en enfermería, otorgado por un Instituto Profesional del Estado de Chile o reconocido por éste, o Copia de certificado de inscripción de la superintendencia de salud (Obligatorio para participar del proceso de selección)
- Copias de Certificados que acrediten formación y capacitación (Obligatorio para asignar puntaje a la formación y capacitación y deberán adjuntarlo en la opción “Copia de Certificados que acrediten capacitación.”)
- Para los cursos o capacitaciones se considerarán aquellos que tengan relación con el perfil del cargo desde 20 horas y una vez obtenido el título técnico. Aquellos cursos que no presentan el número de horas de capacitación no serán considerados en la asignación de puntajes. Solo serán considerados los cursos realizados desde el año 2021 a la fecha.
- No se aceptarán certificados emitidos por OTEC u otras entidades formadoras cuya carga horaria declarada no guarde relación con el período de realización del programa, o que presenten inconsistencias evidentes entre las fechas y la duración del curso (por ejemplo, programas que declaren una carga horaria excesiva en un período de tiempo notoriamente breve). Estos antecedentes serán excluidos tanto del proceso de admisibilidad como de la asignación de puntaje en la etapa de evaluación curricular.
Objetivo del cargo
Ejecutar actividades técnicas de enfermería y de apoyo a la gestión asistencial de manera segura, oportuna y continua, bajo supervisión del profesional de enfermería, contribuyendo al adecuado funcionamiento de la unidad, a la continuidad del cuidado y a la atención integral y segura de los usuarios.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
- Curso básico en Oncología y/o Cuidados Paliativos.
- Dominio de la Ley 19.966 Garantías Explicitas en Salud.
- Dominio de la ley 21.375 Cuidados paliativos universal.
- Curso de Buen trato al usuario.
- Curso de RCP Básico.
- Curso de REAS.
- Otras atingentes a las funciones del cargo.
Experiencia sector público / sector privado
Experiencia como Técnico en Enfermería de 6 meses en Centro de Salud de Alta Complejidad público o privado.
Competencias
- Iniciativa y proactividad
- Trabajo en equipo
- Comunicación asertiva y efectiva
- Organización y planificación
- Orientación al usuario.
- Autocritica y mejora continua.
- Capacidad para trabajar bajo presión y alta demanda
Postulaciones a esta convocatoria
Última a las 22:35:37 del 11-10-2026
Simbología
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos,
adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
La evaluación de los postulantes se dividirá en cuatro etapas que se indican en la siguiente tabla, las cuales se irán evaluando paulatinamente, con el fin de establecer preselecciones en cada una de las etapas:
Etapa N°1 del Análisis Curricular que evaluará las siguientes temáticas:
a . Experiencia Laboral
b. Formación y Capacitación atingente al Perfil del Cargo.
En esta Etapa se realiza una primera preselección, pasando los postulantes con los mejores puntajes.
40 puntos
Etapa N°2 de la Adecuación Psicolaboral para el cargo
En esta Etapa se realiza una segunda preselección, pasando los postulantes mayormente idóneos a una entrevista por parte de la Comisión de Selección.
20 puntos
Etapa N°3 de la Apreciación integral del candidato
En esta etapa se realiza una tercera preselección y se le propone una nómina al Director con los postulantes mayormente idóneos de acuerdo a los puntajes obtenidos en la sumatoria de las etapas.
40 puntos
Puntaje Máximo
Etapa N°4: Decisión y entrevista por parte del Director (si lo solicita)
El Director del Establecimiento tiene la facultad de definir al ganador del proceso de selección y si lo estima necesario puede entrevistar personalmente a los candidatos propuestos por la Comisión de Selección para su respectiva decisión.
No asigna puntaje, ya que determina quién será el postulante seleccionado de acuerdo a la nómina propuesta por la Comisión de Selección.
Preguntas al Postulante
Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria
La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.
Mensaje de advertencia
Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
#J-18808-Ljbffr
📌 01 Técnico en enfermería para Centro de Responsabilidad del Cáncer (Chile)
🏢 Energia
📍 Chile