18 oct
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Energia
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Valparaíso
18 oct
Energia
Valparaíso
La renta corresponde a Grado 13° E.U.S. estamento Profesional, de acuerdo con el siguiente detalle:
Renta bruta sin bonos: $1.724.492.- (los meses de enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre)
Renta bruta con bonos*: $2.901.170.- (los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre) *El pago de bonos está sujeto al cumplimiento de metas institucionales.
**El monto indicado es referencial.
Jornada: Jornada Completa (lunes a viernes, horario de oficina)
Modalidad: Presencial (con disponibilidad de trabajo en terreno).
Disponibilidad:Ingreso a partir desde la fecha de término del proceso de selección o INMEDIATA.
Condiciones incluidas al interior de las bases de postulación, disponibles para su descarga al final de esta publicación.
Condiciones Generales
En procesos publicados como “Base de Datos”, la revisión de candidatos(as) será en la medida que el Servicio requiera incorporar reemplazos, por lo que el calendario del proceso podrá tener modificaciones. Debido a esto, ud podría ser contactado(a) a contar del primer día de su postulación. En nuestro Servicio nos comprometemos con el respeto a la diversidad e inclusión de todas y todos, preocupándonos por promover condiciones equitativas e igualitarias que nos permita cumplir con los propósitos y metas del Servicio en todas las áreas de nuestra organización sin distinción de las características de nuestros funcionarios. Es por ello que las publicaciones de trabajo se enmarcan bajo la Ley de Inclusión Laboral N° 21.015, la cual busca generar y favorecer espacios laborales apropiados para personas en situación de discapacidad.
Objetivo del cargo
Coliderar el proceso de intervención -desde el ámbito psicológico- de las y los NNAJ atendidos y sus familias, desarrollando las acciones tendientes a la superación de las experiencias de vulneración de sus derechos y al logro de la reunificación familiar o preparación para la vida independiente; de acuerdo a lo establecido en la normativa, orientaciones técnicas y protocolos vigentes, acompañando y asistiendo técnicamente al equipo de tutores y monitores en la ejecución de las rutinas.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Título profesional de Psicólogo/a, otorgado por una Universidad reconocida por el Estado, o validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
Aquellas personas que hayan obtenido su título profesional en el extranjero deberán encontrarse validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente, a saber:
Para todos aquellos títulos o grados que han sido otorgados por algún país en convenio con Chile:
- -Mediante un reconocimiento en el Ministerio de Relaciones Exteriores
- -Mediante reconocimiento o en el Ministerio de Educación de Chile
Para todos aquellos títulos o grados obtenidos en países que no poseen un convenio actual con Chile:
- -Mediante la revalidación o reconocimiento en la Universidad de Chile
- -Deseable especialización en infancia, adolescencia y/o familia.
- -Enfoque curso de vida
- -Enfoque intercultural
- -Teoría del apego
- -Metodologías intervención en crisis
- -Enfoques y metodologías de intervención con NNAJ
- -Enfoques y metodologías de intervención familiar
Experiencia sector público / sector privado
Experiencia laboral comprobable de al menos 1 año en intervención directa de NNAJ.
Deseable experiencia en equipo multidisciplinario.
Competencias
- -Servicio enfocado en los niños, niñas, adolescentes y/o jóvenes y sus familias
- -Trabajo en equipo y colaboración
- -Manejo situaciones complejas
- -Empatía
- -Adaptación y flexibilidad
1. Generar y resguardar un ambiente efectivamente protector para las y los NNAJ atendidos, a través de relaciones basadas en el buen trato, respeto mutuo, confianza y transparencia; todo ello en el marco de una “residencia emocionalmente segura”.
2.
Profundizar en la etapa de evaluación integral el nivel de impacto de las experiencias de vulneración, áreas del desarrollo evolutivo implicadas, análisis de las dinámicas traumatogénicas, de las y los NNAJ atendidos; complementando dicha información con las dimensiones de la situación familiar y comunitaria, levantada por su dupla psicosocial. (función se desarrolla sólo si no es suficiente la información aportada por el diagnóstico clínico especializado).
3. Complementar los planes de intervención individual- realizados por la línea de acción diagnóstico clínico especializado - incorporando acciones que contribuyan a que las y los NNAJ atendidos resignifiquen las experiencias de vulneración de sus derechos, restablezcan la confianza en sí mismas/os y logren desarrollar nuevas formas positivas de situarse en el mundo.
4. Desarrollar instancias permanentes de análisis de los casos de las y los NNAJ atendidos con el equipo completo de la residencia familiar, que aseguren un efectivo abordaje interdisciplinario e integral de la intervención, específicamente en las etapas de evaluación integral, diseño, ejecución y monitoreo de los planes personalizados de acción.
5. Acompañar y prestar asistencia técnica al equipo de tutores y monitores en la ejecución de las rutinas cotidianas, para fortalecer aquellas estrategias de cuidado basadas en el buen trato y que contribuyen a que las y los NNAJ atendidos aprendan positivas formas de relacionarse y de percibirse a sí mismo/a.
6. Realizar intervenciones especializadas incluidas en los planes de intervención, que contribuyan que las y los NNAJ atendidos resignifiquen las experiencias de vulneración de sus derechos, restablezcan la confianza en sí mismos y logren desarrollar nuevas formas positivas de situarse en el mundo.
7. Realizar intervenciones especializadas que apunten al fortalecimiento de las competencias parentales de la familia y/o adulto con quien se trabajará el egreso, especialmente aquellos aspectos que se relacionan con las variables de cuidado y protección que se vieron debilitadas o fallaron al momento de producirse la medida de ingreso al sistema de cuidado alternativo, en complementariedad con su dupla psicosocial.
8. Realizar intervenciones especializadas de preparación para la vida independiente de las y los NNAJ atendidos, según la etapa de desarrollo en que se encuentren y de sus propios intereses y habilidades, en complementariedad con su dupla psicosocial y terapeuta ocupacional.
9. Apoyar las instancias de participación y escucha permanente de las y los NNAJ atendidos haciendo los ajustes necesarios en las rutinas generales y en las acciones incluidas en los planes de intervención individual, que aseguren pertinencia en la intervención.
10. Intervenir en la resolución adecuada de situaciones críticas y/o conflictos que pueden originarse a partir de desajustes emocionales de las y los NNAJ atendidos, con apego irrestricto a los protocolos vigentes. Además, le corresponde el análisis y abordaje de la situación post crisis.
11. Realizar intervenciones especializadas de prevención y promoción de la salud sexual y reproductiva, acorde a la autonomía progresiva propia de cada etapa del desarrollo en las que se encuentren las y los NNAJ atendidos.
12. Participar en audiencias preparatorias y de juicio en los Tribunales de Familia y/o Garantía cuando fuese necesario, enviando los informes solicitados según las etapas y los plazos establecidos.
13.
Realizar todas las acciones necesarias para mantener la información de la intervención actualizada en los distintos sistemas y documentos de registro habilitados.
14. Asesorar y orientar permanentemente en el ámbito de su competencia, al equipo de la residencia, familias y otros agentes claves en el proceso de intervención de las y los NNAJ atendidos.
15. Generar instancias formativas psicoeducativas a los/as funcionarios de la Residencia, para el abordaje de distintas situaciones.
16. Brindar orientación y acompañamiento a nuevos funcionarios en instancias de inducción, a fin de transmitir información y consolidar lineamientos existentes en la Residencia, ejecutando rol de mentor de inducción.
**Extracto del perfil de cargo**
Área de desempeño: Residencia Familiar
Dependencia Jerárquica: Director (a) de Residencia
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título competente o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
#J-18808-Ljbffr
📌 BBDD - Psicólogo (a) de Protección Especializada - Residencias Familiares - Región de Valparaíso - PRS 14.10.2026
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