TÉCNICO EN BIBLIOTECOLOGÍA, GRADO 21 DE LA EUS, INSTITUTO PSIQUIÁTRICO "DR. JOSE HORWITZ BARAK" (Recoleta)

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26 mar
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Corfo
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Recoleta

26 mar

Corfo

Recoleta

Institución

Ministerio de Salud / Servicio de Salud Metropolitano Norte / Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak

Convocatoria

TÉCNICO EN BIBLIOTECOLOGÍA, GRADO 21 DE LA EUS, INSTITUTO PSIQUIÁTRICO "DR. JOSE HORWITZ BARAK"

Nº de Vacantes

1

Área de Trabajo

Area para cumplir misión institucional

Región

Región Metropolitana de Santiago

Ciudad

Recoleta

Tipo de Vacante

Contrata

Postulaciones a esta convocatoria

5

Última a las 02:29:18 del 26-03-2026

¿Qué documentos necesito para postular?

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Simbología:

Tengo el documento requerido

No tengo el documento requerido

Postular a la Convocatoria

- Renta Bruta

649.972

Condiciones

IDENTIFICACIÓN DEL CARGO

Dependencia Técnica

Subdepartamento de Calidad de Vida Laboral- Unidad de Servicio Social

Estamento

Técnico

Jornada Laboral

Diurna de Lunes a Viernes, 44 Horas Semanales

Grado

21 de la EUS, equivalente a una Remuneración Bruta Mensual de $ 649.972.-

Objetivo del cargo

Desarrollar tareas administrativas, ejecutivas y operativas de apoyo al Subdepartamento de Calidad de Vida Laboral y entregar un correcto servicio de préstamo de material literario y/o tecnológico, además de brindar orientación en contenidos bibliográficos al público, con ello entregando acceso y servicios bibliotecarios.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Única y exclusivamente personas con el Título de Nivel Técnico en Bibliotecología.

Especialización y/o Capacitación

Técnico en Bibliotecología.

Deseable:

- Sistema de Clasificación Dewey
- Sistema Aleph
- Microsoft Office

Experiencia sector público / sector privado

Deseable Experiencia Laboral Competente afín o equivalente, como Técnico en Bibliotecología.

Requisitos Generales

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios,



de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

- Requisitos Específicos

- Los requisitos estipulados en DFL N° 28 del 24 de Agosto de 2017, que fija Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Norte:

Alternativamente:

- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; o,

- Título de Técnico Nivel Medio o equivalente otorgado por el Ministerio de Educación; o,

- Licencia de Enseñanza Media o equivalente y certificado de competencias para ejercer como auxiliar paramédico otorgado por la Autoridad Sanitaria, previa aprobación del curso de 1.500 horas como mínimo, según programa del Ministerio de Salud.

Etapas de Selección

La evaluación constará de 3 etapas que se llevarán a cabo de forma sucesiva, por lo que para pasar a la etapa siguiente es necesario aprobar la anterior.

ETAPA I “EVALUACIÓN CURRICULAR” 50 PUNTOS: Revisión de antecedentes de estudios de especialización, capacitación y de experiencia laboral de los candidatos, según lo detallado en el perfil.

ETAPA Y PONDERACIÓN

FACTOR

CRITERIO

PUNTAJE SUBFACTOR

ETAPA I
PUNTAJE TOTAL MÁXIMO 50 PUNTOS

Cursos de Formación y/o Capacitaciones
(Puntaje Máximo 20 Puntos)

Acredita más de 3 cursos/capacitaciones afines a las funciones del cargo.

20 PUNTOS

Acredita entre 1 y 3 cursos/capacitaciones afines a las funciones del cargo.

10 PUNTOS

No acredita cursos/capacitaciones afines a las funciones del cargo.

0 PUNTOS

Experiencia Laboral Comprobable
(Puntaje Máximo 30 Puntos)

Acredita más de 1 año de Experiencia Laboral como Técnico en Biblioteca, en el ámbito Público y/o Privado.

30 PUNTOS

Acredita menos de 1 año de Experiencia Laboral como Técnico en Biblioteca, en el ámbito Público y/o Privado.

15 PUNTOS

No acredita Experiencia Laboral como Técnico en Biblioteca, en el ámbito Público y/o Privado.

0 PUNTOS

Serán preseleccionados para la Etapa II, como máximo, los 7 puntajes más altos de la Etapa I.

ETAPA II: “ENTREVISTA DE APRECIACIÓN GLOBAL CON COMISIÓN DE SELECCIÓN” 30 PUNTOS: Se identificarán conocimientos y habilidades en relación al perfil del cargo. Cada uno de los integrantes de la Comisión calificará a cada entrevistado con una nota entre 1 y 7, y se realizará un cálculo promedio que dará como resultado el puntaje final del candidato, según lo establecido en la siguiente Tabla:

ETAPA Y PONDERACIÓN

FACTOR

CRITERIO

PUNTAJE SUBFACTOR

ETAPA II
PUNTAJE TOTAL MÁXIMO 30 PUNTOS

ENTREVISTA COMISIÓN DE SELECCIÓN

Recomendable (Nota Final entre 5.5 y 7.0)

30 PUNTOS

Recomendable con Observaciones (Nota Final entre 5.4 y 4.0)

15 PUNTOS

No Recomendable (Nota Final inferior a 4.0)

0 PUNTOS

Sólo serán preseleccionados para la Etapa III los postulantes que en la Etapa anterior resulten “Recomendables” (30 Puntos).

ETAPA III: EVALUACIÓN PSICOLABORAL 20 PUNTOS: Se identificarán Competencias y Habilidades necesarias para determinar el ajuste de los candidatos a los requerimientos del cargo, y se calificará según la siguiente Tabla:

ETAPA Y PONDERACIÓN

FACTOR

CRITERIO

PUNTAJE SUBFACTOR

ETAPA II
PUNTAJE TOTAL MÁXIMO 20 PUNTOS

EVALUACIÓN PSICOLABORAL

Recomendable





20 PUNTOS

Recomendable con Observaciones

10 PUNTOS

No Recomendable

0 PUNTOS

Documentos Requeridos para Postular

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Calendarización del Proceso

Etapa

Fechas

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl

25/03/2026-02/04/2026

Evaluación

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante

06/04/2026-17/04/2026

Finalización

Finalización del Proceso

20/04/2026-28/04/2026

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 02/04/2026

Correo de Contacto: [email protected]

Condiciones Generales

- La convocatoria se dará a conocer mediante publicación de la presente Resolución en www.empleospublicos.cl.
- Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente mediante el Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios y adjuntar los TODOS los documentos solicitados en el presente Anexo.
- El Instituto Psiquiátrico se reserva el derecho a modificar las fechas del Cronograma en el caso que estime necesario y conveniente para el mejor desarrollo del Proceso.
- La recepción de postulaciones y antecedentes se extenderá desde el día de la Publicación de la Resolución en Empleos Públicos y hasta el día 2 de Abril de 2026.
- No se recibirán postulaciones ni antecedentes fuera del plazo señalado, ni por vías distintas a la indicada.
- La presentación de los documentos de acreditación solicitados en las presentes bases, cumpliendo la forma señalada en las mismas, es de responsabilidad exclusiva de la persona que postula, quien debe garantizar que sus antecedentes se encuentran actualizados.
- Las citaciones a la Entrevista con la Comisión, se efectuarán al correo electrónico indicado por el o la postulante, por lo que es de exclusiva responsabilidad del candidato prever las condiciones que garanticen el contacto por esa vía.

- El/la postulante da fe de la veracidad de los datos entregados, comprometiéndose a presentar la documentación que se le requiera durante el Proceso de Selección.

- Los integrantes de la Comisión de Selección, a fin de prevenir potenciales conflictos de interés, quedarán sujetos a las disposiciones del Artículo 12 de la Ley N° 19.880, en sus numerales 1 al 5.

- Los postulantes que presenten algún tipo de discapacidad, la cual le produzca impedimento o dificultad en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos los postulantes que se presenten.
- En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en el Portal de Empleos Públicos, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

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