Presidente(a) Comisión de Apelaciones (Región Metropolitana)

Presidente(a) Comisión de Apelaciones (Región Metropolitana)

27 may
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Energia
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Región Metropolitana

27 may

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Región Metropolitana

Objetivo del cargo

Determinar si lo dispuesto por la Comisión Ergonómica Nacional (CEN) en su dictamen de la calificación de trabajo pesado, respecto a un puesto de trabajo invocado, cumple con los requisitos para ser considerado como Trabajo Pesado de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 19.404 y su Reglamento comprendido en el D.S. N° 71, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Esta calificación tiene por objeto otorgar una cotización adicional por cada trabajador que ejecuta dicha labor y un aporte adicional por parte del empleador, de un 1% o de un 2% en las respectivas cuentas de capitalización individual, lo que implica un tiempo de descuento en la edad para jubilar por vejez de 1 o 2 años por cada 5 años laborados.

Funciones del Cargo

- Presidir las sesiones de la Comisión.
- Supervisar y dirigir todo el proceso interno y externo de la tramitación de las apelaciones que ingresen a estudio por la Comisión.
- Representar a la Comisión ante las autoridades de los organismos públicos y privados.
- Citar a reunión extraordinaria de la Comisión.
- Revisar las apelaciones presentadas, solicitando mayores antecedentes o devolviéndolos cuando no se cumpla la formalidad requerida.
- Votar la calificación de cada apelación en sesión.
- Firmar las actas de sesión de la Comisión.
- Firmar toda resolución o acuerdo que emane de la Comisión.
- Recibir, revisar y despachar toda la correspondencia, documentos, solicitudes o certificaciones que lleguen a la Comisión, asegurándose de que estén ajustados a las leyes y reglamentos vigentes y estén acompañados de los antecedentes personales y previsionales exigidos.




- Solicitar la asesoría técnica o profesional pertinente.
- Participar en jornadas de capacitación, seminarios u otros; según corresponda.
- Otras funciones relacionadas, determinadas por la Superintendencia de Pensiones.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

- Título profesional universitario válido para ejercer en Chile.
- Diplomado o Magister/Máster que acredite la especialidad indicada según la profesión:
- a) Un médico cirujano especialista en medicina ocupacional;
- b) Un médico cirujano especialista en traumatología y ortopedia;
- c) Un ingeniero civil experto en prevención de riesgos profesionales;
- d) Un ingeniero civil experto en higiene industrial; o
- e) Un competente universitario experto en ergonomía.

- Conocimiento o experiencia en diseño de procesos de trabajo.

Experiencia sector público / sector privado

- Deseable experiencia vinculada a la Seguridad Social de a lo menos 10 años.
- Deseable experiencia en estudios de puestos de trabajo, evaluaciones ergonómicas, relatorías en ergonomía o factores psicosociales de a lo menos 10 años.
- Conocimientos del proceso de calificación de trabajo pesado.




- Usuario de nivel intermedio de sistemas informáticos.

Competencias

- Excelencia y Calidad.
- Trabajo en Equipo y cooperación.

Compensación

Honorarios plazo fijo mensual de $2.882.586, más honorarios variables en función del número de sesiones adicionales mensual.

Requisitos Generales

- No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

📌 Presidente(a) Comisión de Apelaciones (Región Metropolitana)
🏢 Energia
📍 Región Metropolitana

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