Encargadoa Unidad Regional de Jurídica (Iquique)

Encargadoa Unidad Regional de Jurídica (Iquique)

02 ago
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Energia
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Iquique

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Energia

Iquique

La renta bruta para meses con asignación trimestral corresponderá a$ 4.827.227aproximadamente, y se obtiene producto del cumplimiento de metas de gestión institucional y de desempeño colectivo. Para obtener el pago de esta asignación debe existir un porcentaje de cumplimiento mínimo del 90% de los compromisos asumidos en el período anterior. El pago se realiza en forma acumulada cada tres meses (Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre). La renta promedio correspondería a $3.470.321

Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, respecto de los grados 8º a 12 de la E.U.S.

Calendarización del Proceso

Postulación

Difusión y Plazo de Postulación en 29/07/ /08/2026

Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 05/08/ /09/2026

Finalización del Proceso 16/09/ /09/2026

El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 04/08/2026

Correo de Contacto:

Condiciones Generales

Inclusión: Las personas participantes del proceso que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todas las personas que se presenten en este proceso de selección. De acuerdo a lo establecido por el artículo 2 del Decreto N° 65 del 20 de noviembre de 2017, del Ministerio del Trabajo, que aprueba el reglamento del artículo 45 de la Ley N° 20.422, de igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, se entenderá por persona en situación de discapacidad aquella que cuente con la calificación y certificación previstas en el artículo 13 de la Ley N° 20.422, es decir, que haya sido declarada discapacitada por la correspondiente Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). De esta manera, y en concordancia con lo definido por el artículo 8 del Decreto N° 65 del 20 de noviembre de 2017, del Ministerio del Trabajo, aquellas personas postulantes que presenten la certificación antes expresada, serán seleccionados preferentemente, siempre que se encuentren en igualdad de condiciones de mérito con otras personas participantes del proceso. Se entenderá por igualdad de mérito lo establecido en el artículo 9 de dicho Decreto, es decir, la posición equivalente que ocupen dos o más postulantes como resultado de una evaluación basada en puntaje o bien la valoración objetiva utilizada al efecto. Recepción de antecedentes: Las postulaciones serán recibidas solo a través del Portal de empleos públicos ( por postulación en línea, adjuntando los documentos solicitados en “Documentos requeridos para postular”. Las personas participantes serán responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan, así como de la revisión de sus casillas de correo electrónico y sus configuraciones. No se aceptarán los documentos que se presenten en formatos editables (Word o similares), como tampoco aquellos en los que no se identifique una persona responsable de la certificación o que no cuenten con firmas o timbres que den cuenta de su veracidad. La autoridad competente podrá modificar los plazos contenidos en la Calendarización del Proceso, por razones de fuerza mayor y sin que tenga la obligación de informar de sus fundamentos. Los eventuales cambios deberán ser informados al correo electrónico informado por las personas participantes.

- Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente en los actos administrativos de la autoridad ministerial regional.
- Proponer medidas y acciones eficaces para optimizar y ajustar a derecho los procedimientos internos de la Secretaría Ministerial.
- Asesorar jurídicamente a las distintas unidades y a la autoridad regional ministerial, en especial en materias de adquisición, administración y disposición de bienes fiscales, de acuerdo a los lineamientos ministeriales, a la ley de bases de procedimientos administrativos y a la ley de bases de la administración del Estado.
- Supervigilar el acceso a la información pública, de acuerdo a la Ley 20.285.
- Proveer información a clientes internos y externos, según corresponda.
- Escriturar la enajenación de bienes raíces fiscales, de acuerdo al procedimiento administrativo.
- Tramitar los alzamientos y transferencias de conformidad a la Ley 19.229 (dispone, a contar de fecha que indica, traspaso al fisco de bienes, derechos y obligaciones que señala).
- Desempeñarse como fiscal o investigador/a en procedimientos disciplinarios, cuando sea formalmente designado/a por la autoridad competente, de conformidad con la normativa vigente.
- Organizar equipos de trabajo, según los planes, programas y proyectos.
- Realizar control y seguimiento de actividades, de acuerdo a los procedimientos Ministeriales.

Objetivo del cargo

Gestionar y administrar su área, liderando los procesos y procedimientos conducentes a garantizar la juridicidad de los actos administrativos de la autoridad ministerial regional y de la Secretaría Regional Ministerial, el pleno respeto a las disposiciones jurídicas vigentes, además, impulsar y liderar el diseño e implementación de planes y proyectos orientados a la tramitación de los procesos de la Unidad Regional, de acuerdo a los procedimientos y a la normativa vigente.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Título profesional de Abogado/a.

- DFL N°29 del 2013, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo”
- Decreto N°1825 del 1998, “Aprueba reglamento de calificaciones del personal afecto al Estatuto Administrativo”
- Ley N°19886 del 2003, “Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”
- DFL N°1 del 2011, “Fija texto refundido,



coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”
- DL 1939 (normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado).
- Ley y reglamento de los Conservadores de Bienes Raíces.
- Decreto Ley N° 2.695 de 1979, fija normas para Regularizar la Posesión de la Pequeña Propiedad Raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
- Decreto con Fuerza de Ley N° 458 de 1975, aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Decreto N° 469 de 2019, que aprueba Política Nacional de Ordenamiento Territorial.
- D.S. 609, de 1979, que fija normas para establecer deslindes propietarios riberanos con el viene nacional de uso público por las riberas de los Ríos, Lagos y Esteros.
- D.S. 577, de 1978, que Reglamenta los Bienes Muebles Fiscales.
- D.S. N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
- D.S. N° 79, de 2010 y D.S. N° 1, de 2011, ambos del MBN.
- Resolución 6 y 7 de la CGR
- Resolución Exenta N° 1831, de 2001. Delegación de facultades del Subsecretario a Secretarios Regionales Ministeriales de Bienes Nacionales y jefe de Oficinas Provinciales.

Experiencia sector público / sector privado

Experiencia sector público / sector privado: Deseable experiencia profesional deseable en la administración pública igual o superior a 3 años.

Competencias

Liderazgo: Ser capaz de generar compromiso y lograr el respaldo de sus superiores con vistas a enfrentar con éxito los desafíos de la organización. Capacidad para diseñar estrategias y cursos de acción que permitan generar una actitud positiva del grupo de trabajo frente a los desafíos laborales, logrando mantener un clima organizacional armónico y desafiante.

Trabajo en equipo: Ser capaz de colaborar con otros, compartiendo conocimientos, esfuerzos y recursos, en pos de objetivos comunes. Implica alinear los propios esfuerzos y actividades con los objetivos del equipo o grupo de trabajo.

Orientación a los resultados con calidad: Ser capaz de orientar los comportamientos propios y de otros hacia el logro o superación de los resultados esperados, bajo estándares de calidad establecidos, fijar metas desafiantes, mejorar y mantener altos niveles de rendimiento en el marco de las estrategias de la organización. Implica establecer indicadores de logro y hacer seguimiento permanente.

Colaboración: Capacidad para brindar apoyo a los otros (pares, superiores y colaboradores), responder a sus necesidades y requerimientos, y solucionar sus problemas o dudas, aunque las mismas no hayan sido manifestadas expresamente. Implica actuar como facilitador para el logro de los objetivos, a fin de crear relaciones basadas en la confianza

Proactividad: Ser capaz de tomar la iniciativa y anticiparse a las situaciones diarias en el desempeño de las funciones, percibiendo escenarios críticos o difíciles, planificándose a mediano y largo plazo, para evitar sólo reaccionar.

Pensamiento Analítico: Ser capaz de discriminar variables y detalles relevantes, visualizando los impactos que provocan las distintas acciones o decisiones, tanto del equipo de trabajo en el que se encuentra inserto, como de la organización. Implica el análisis de diversas variables pudiendo relacionarlas y proyectar escenarios a mediano y largo plazo.

Seguir Procedimientos: Conocer a cabalidad, (estructural y funcionalmente), los procedimientos y funciones que son de su responsabilidad; identificar cuáles son los pasos a seguir en un procedimiento para que la tarea se realice adecuadamente; realizar un seguimiento de las tareas; mantenerse informado/a para conocer mejor las tareas que se le han asignado.

Responsabilidad Operativa: Capacidad para asumir y ejercer las funciones propias del cargo con diligencia, ocasión y apego a los procedimientos establecidos, haciéndose responsable de las decisiones adoptadas y de las acciones ejecutadas dentro del ámbito de sus atribuciones. Implica identificar oportunamente riesgos operativos y administrativos, resguardar el cumplimiento de las normas aplicables, utilizar adecuadamente los recursos asignados y escalar decisiones cuando estas exceden el nivel de responsabilidad del cargo.

Postulaciones a esta convocatoria

Última a las 01:27:58 del

Simbología

Tengo el documento requerido

No tengo el documento requerido

- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente. c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo. d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria,



salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el , según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio. b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio. d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive. e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales. f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

Etapas de Selección

El proceso será desarrollado por un Comité según bases administrativas. La evaluación de aptitudes para el cargo se llevará a cabo en etapas sucesivas y excluyentes entre sí. La exclusión será determinada a través de los puntajes mínimos definidos para cada etapa, o el incumplimiento de los requisitos mínimos legales para ejercer el cargo. ETAPAS DEL PROCESO 1.- Preguntas al Postulante (Admisibilidad) La información entregada mediante la respuesta a las preguntas incluidas en la ficha del empleo será considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección. La institución se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada. 2.-Evaluación Técnica o Prueba de Conocimiento El diseño y evaluación de este factor, así como la elección de la modalidad que se aplicará, estará a cargo de un Comité de Selección, y será la misma para todas las personas postulantes. La rendición de esta evaluación será obligatoria. La Prueba Técnica: La fecha, hora y lugar se notificará a la persona vía correo electrónico. En esta comunicación se establecerá la duración de esta, así como también las condiciones específicas de dicha evaluación, siendo responsabilidad de cada persona postulante contar con el tiempo correspondiente a la hora y al día informado. 3.- 4.-Evaluación Global de la Persona Participante Consiste en una entrevista estructurada, efectuada por el Comité. Pretende identificar habilidades y competencias de las personas postulantes, de acuerdo con el perfil de cargo. Cada una de las personas integrantes del Comité que participe en las entrevistas, calificará a cada entrevistado con un criterio; siendo la nota final, el promedio redondeado al decimal menor de las notas entregadas por cada integrante del Comité presente en la entrevista. Las personas Integrantes del Comité de Selección serán las definidas en las presentes bases. La rendición de esta entrevista será obligatoria para todas las personas postulantes, cuya postulación haya avanzado desde la etapa de Evaluación Curricular. La no presentación de la persona a la entrevista será considerada como desistimiento de su postulación al cargo en cuestión. 4.-Evaluación Psicolaboral Esta evaluación se materializa a través de una entrevista con una persona profesional de la psicología para medir las aptitudes específicas para el desempeño de la función, determinando cuál es el grado de adecuación psicolaboral para el ejercicio del cargo.

Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Otros (CV)

Preguntas al Postulante

Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria

La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.

Mensaje de advertencia

Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

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