06 ago
|
Energia
|
Santiago
Cargo correspondiente a escalafón Profesional grado 15° de la E.U.S.
$ 1.104.530.- Aprox.
La Renta Bruta no considera las bonificaciones: bonos de modernización trimestral y otros específicos del Servicio (bonificación compensatoria mensual), los cuales serán percibidos a contar de 2027 y están sujetos al cumplimiento de metas institucionales y a la fecha de incorporación de la persona.
La Institución cuenta con beneficios de alimentación y buses de acercamiento, beneficios complementarios a la renta mensual.
Dejase establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata, que dura como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y la persona que lo sirva expira en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que se prorrogue con al menos 30 días de anticipación.
Dirigir las operaciones de la gestión de los desechos radiactivos y fuentes radiactivas selladas en desuso que se produzcan en el país, según requerimientos de las instalaciones. Gestionar las personas de la sección, incluyendo la asignación de responsabilidades específicas y el establecimiento de criterios de validación de cumplimiento.
Misión de la Comisión Chilena de Energía Nuclear
Realizar investigación, desarrollo y aplicaciones de la Energía Nuclear, así como su regulación, control y fiscalización, proporcionando servicios tecnológicos y de investigación y desarrollo a sectores externos tales como: Ministerios, Institutos del Estado, Empresas Públicas y Privadas, Universidades y Establecimientos Educacionales, tal que implique una contribución efectiva al conocimiento en Ciencias y Tecnologías, al bienestar y seguridad de las personas y protección del Medio Ambiente.
Misión de la Sección Gestión Desechos Radiactivos
La Sección Gestión de Desechos Radiactivos, SEGEDRA, tiene como misión proponer, operar y mantener la infraestructura operacional técnico-administrativa en CCHEN para satisfacer las necesidades de los generadores de desechos radiactivos y fuentes radiactivas selladas en desuso (FRSD) de Chile. Para ello, trabaja en centralizar todas las actividades relacionadas con la gestión de desechos radiactivos que se generen en el país como producto de aplicaciones para usos pacíficos de la energía nuclear, a fin de proteger al ser humano, los bienes y el medio ambiente.
- Coordinar actividades operacionales, administrativas y de mantenimiento, junto a los operadores de la sección.
- Controlar inventarios y las condiciones radiológicas y operacionales que permitan el correcto desempeño en la instalación.
- Coordinar las tareas de la sección que dicen relación con otras secciones de CCHEN, para lograr objetivos planteados.
- Hacer seguimiento periódico a indicadores de gestión, motivando al personal para el logro de los objetivos planteados.
- Representar a CCHEN, participando en charlas, cursos, seminarios y actividades de capacitación en materia de gestión de desechos radiactivos y fuentes selladas en desuso.
- Ser Oficial Protección Radiológica de las instalaciones de la sección.
- Realizar estudios de costos de los servicios de gestión de desechos radiactivos,
- Realizar evaluación, recepción, pretratamiento, tratamiento, acondicionamiento y almacenamiento de desechos radiactivos.
- Trabajar en instalaciones radiactivas ubicadas en Pudahuel y Las Condes, además de realizar cometidos fuera de la región metropolitana.
Funciones complementarias:
- Liderar desarrollo de proyectos, entre otros, manteniendo la cooperación con unidades internas de y/o externas.
Objetivo del cargo
- Ejecutar y cumplir las actividades de la gestión de desechos radiactivos, además de desarrollar acciones para la mejora continua de las operaciones de SEGEDRA.
- Ser Oficial de Protección Radiológica de las instalaciones de la sección
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
- Licenciatura o título cualificado en ingeniería química, ambiental, ciencias de la ingeniería o afín, con al menos ocho semestres de duración.
- Formación o Experiencia en sistema de gestión de calidad
- Deseable con formación o experiencia en sistema de gestión de calidad.
- Autorizaciones de desempeño, especial para instalaciones de la sección y especial de Oficial de Protección Radiológica.
Experiencia sector público / sector privado
Experiencia laboral mayor a cinco (5) años en áreas de procesos, manejo de personal, cumplimiento de objetivos, deseable en sector público dos (2) años de experiencia en el área de la protección radiológica.
La experiencia deberá ser acreditada por al menos una de las dos opciones siguientes:
- Certificado del área de gestión y desarrollo de personas del servicio donde se desempeñó la función o la desempeña actualmente.
- Certificado de la Jefatura de Servicio o jefatura directa donde se desempeñó la función o la desempeña actualmente.
Competencias
- Habilidad en trato de partes interesadas, buen trato con de personas. Buena comunicación efectiva, toma de decisiones, liderazgo o trabajo en equipo.
- Excelente disposición en tareas operativas, desde el manejo de maquinaria pesada, hasta el análisis de riesgos de las operaciones.
Competencias generales o transversales
- Liderazgo y gestión de equipos multidisciplinarios
- Capacidad de comunicación técnico y administrativa, desarrollo de informes para autoridades regulatorias como para usuarios/as.
- Orientación a la excelencia
- Adaptabilidad y aprendizaje continuo
- Gestión de riesgos y seguridad
- Trabajo en equipo
- Perseverancia
- Flexibilidad (desde manejo de maquinaria pesada, hasta líder de proyectos)
- Orientación al usuario interno y/o externo
- Proactividad e iniciativa
Postulaciones a esta convocatoria
Última a las 03:37:07 del 05-08-2026
Simbología
Tengo el documento requerido
No tengo el documento requerido
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente,
o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultad en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán deberán informarlo en su postulación, para efecto de facilitar la aplicación de las herramientas de selección y adaptar las condiciones físicas del lugar, garantizando la no discriminación por este motivo.
Los/as postulantes que decidan participar en esta convocatoria declaran por ese solo hecho conocer y aceptar las condiciones indicadas.
El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos de establecidos.
Se deja establecido que la comisión podrá ofrecer a los postulantes de este proceso, vacantes iguales o similares, dentro de los próximos 6 meses, sin generar un nuevo proceso de selección.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
#J-18808-Ljbffr
📌 PROFESIONAL ESPECIALISTA EN GESTIÓN DE DESECHOS RADIACTIVOS (Santiago)
🏢 Energia
📍 Santiago