POOL DE REEMPLAZO CONDUCTOR DE TRASLADO - CHSJM (Santiago)

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06 ago
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Energia
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Santiago

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Santiago

Condiciones

La persona seleccionada se desempeñará en modalidad de suplencia/reemplazo por un período definido por la institución. Horario diurno: Lunes a Jueves de 07:00 a 16:00 hrs, Viernes de 07:00 a 15:00 hrs, con posibilidad de realizar horas extra. La renta corresponde a un EUS grado 23° estamento auxiliar de $552.685 más horas extra (estas se cancelan con un mes de desfase). Ventajas: Tarjeta de alimentación con desfase de un mes.

- Cumplir con los requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley N.º 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
- No estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en los artículos 54 y 56 de la ley N.º 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Acreditar experiencia según DFL 30.

Condiciones Generales

1.- Copia Cédula de Identidad actualizada y vigente. 2.- Copia de certificado que acredite nivel Educacional: Título profesional, título técnico o Licencia de enseñanza media, según corresponda, de acuerdo con las especificaciones del llamado. (Para las personas que en la actualidad se desempeñan en el Servicio Público, si título estuviese en Contraloría General de la República adjuntar certificado de relación de servicio o copia resolución de nombramiento extendido por oficina de personal correspondiente)..3.- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda. No se validarán aquellos certificados de capacitaciones que no estén aprobadas, sin fechas y sin No de horas. Serán consideradas aquellas que hayan sido realizadas durante los últimos 5 años, contados desde el mes en que se hace el llamado y con posterioridad a la fecha de obtención del título correspondiente. Diplomados y Postítulos sin fecha límite. Estos antecedentes deben adjuntarse en apartado del mismo nombre, en caso de no contar con estos, de igual forma deberá completar el ítem adjuntando un documento en formato Word (guardado como PDF) indicando que no dispone de estos antecedentes. Serán considerados aquellos certificados que acrediten estado de aprobación. 4.- Acreditación de experiencia laboral: Sólo se considerará la experiencia laboral a contar de la obtención del título profesional o técnico según corresponda. Para certificar esta experiencia deberá adjuntar copia simple de contrato de trabajo que acredite la relación laboral e indique la función desempeñada, o finiquito en el caso de que dicha relación contractual haya finalizado. No se aceptará ningún otro tipo de documento. En caso de contar con contrato de carácter indefinido, acompañar este certificado de vigencia de contrato Considerar que el contrato o finiquito debe contener: Cargo, funciones y período desde-hasta trabajado en la empresa o Institución. Se entiende por experiencia calificada a la que dice relación con la función del cargo al cual se está postulando, estos antecedentes deben adjuntarse en apartado del mismo nombre, en caso de no contar con estos, de igual forma deberá completar el ítem adjuntando un documento en formato Word (guardado como PDF) indicando que no dispone de estos antecedentes. No serán consideradas como experiencia laboral las prácticas de pregrado. Este factor considerará los períodos servidos en el sector público o privado, para cada caso, se podrá adjuntar: Sector Público: Se considerará la antigüedad como Profesional, en calidad de titular, suplente, interino, contrata, reemplazante, contrato código del trabajo y honorarios. Deberán adjuntar de manera obligatoria Certificado de Relación de Servicio firmada por el Jefe(a) de Personal, Resolución de nombramiento. No se aceptará ningún otro tipo de documento. En el caso del funcionario(a) público siempre los documentos deben ser emitidos por la oficina de personal del establecimiento, no serán válidos para esta certificación otras firmas. Sector Privado: Se considerará la antigüedad en calidad de contratado por código del trabajo y honorarios.

5.- Certificado Situación militar al día (Varones). 6.- Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653) (Contrata, Suplencia) 7.- Curriculum Vitae actualizado (formato libre). 8. Otros: Licencia profesional A-2 A-3 De requerir ayuda con el registro y/o postulación, se debe consultar con la mesa de ayuda dispuesta por el portal Empleos Públicos llamando al de 9:00 a 19:00 horas, en día hábil. Es de exclusiva responsabilidad de cada postulante, registrar sus antecedentes curriculares y adjuntar los archivos digitales actualizados que se soliciten en cada convocatoria, exclusivamente en el área atingente. Todo antecedente adjunto en un ítem o rubro distinto al que se indica en el portal no será analizado ni ponderado. El sistema considerará en la postulación la información que el o la postulante haya registrado en su CV electrónico, al momento de postular, no considerando modificaciones posteriores. Tampoco es posible modificar o anular postulaciones ya realizadas. Sin embargo, para efectos de ponderación de los antecedentes explicitados en el CV electrónico deben ser adjuntados los documentos que acrediten los requisitos (Excluyentes y Deseables) explícados en cada convocatoria. Una vez finalizada y enviada la postulación, el sistema emitirá un comprobante de postulación que queda disponible en el portal de usuario registrado en el módulo “Mis Postulaciones”, el que, además, será remitido al correo electrónico que registró en el sistema como usuario.



El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiendo por éstos aquellos/as candidatos/as que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos. El sistema no está habilitado para que los Administradores del Portal puedan modificar y/o anular postulaciones ya realizadas. Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan, aquellos/as que no adjunten los antecedentes requeridos quedarán fuera del proceso. Cada servicio público, que reciba postulantes con motivo de un proceso de selección, se encuentra facultado para revisar y evaluar la veracidad de la información y documentación disponible en el portal de dichos usuarios. Se recibirán postulaciones única y exclusivamente a través del Portal Empleos Públicos, no siendo posible la entrega mediante otro medio. Los costos asociados a la postulación deberán ser asumidos por cada postulante. Para efectos de los tiempos de postulación será considera la Jurisprudencia emanada desde Contraloría General de la República en su dictamen N°5.639 Fecha: 28-I-2011 señalando que, quienes deseen participar en los diferentes procesos de selección de antecedentes dispuestos mediante “Postulación en Línea” deberán tener la previsión de solicitar cualquier información pertinente al organismo convocante en forma oportuna, o ingresar su postulación con la debida antelación. Los plazos establecidos en la calendarización pueden sufrir modificaciones. Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este proceso de selección. En el caso que un postulante presente un título obtenido en el extranjero, éste debe estar reconocido y revalidado por la autoridad competente, y deberá adjuntar el certificado en la sección "Copia de certificado que acredite nivel educacional, título profesional o técnico". La no presentación de este antecedente, inhabilitará la participación del postulante en el proceso. Mayor información en o

Funciones del Cargo

- Conducir vehículos institucionales menores o ambulancias cuando sea solicitado, permaneciendo en su lugar de trabajo, atento a la llamada de salida para trasladar a los pacientes y/o equipo médico requerido.
- Mantener el aseo, ornato y funcionamiento del vehículo, antes y después de cada salida, informando cualquier desperfecto.
- Registrar hora de llamada, salida, llegada, retirada y kilometraje. Planificar traslados según condiciones climáticas y de tránsito.
- Participar en actividades de capacitación. Cumplir instrucciones relativas a rutas y destinos.
- Trasladar vehículos a talleres mecánicos o sitios de mantención.
- Cumplir responsabilidades de transporte, limpieza y manejo de carga.
- Cubrir turnos extra diurnos y festivos según requerimiento institucional.

Objetivo del cargo

Conducir las ambulancias u otros vehículos institucionales menores del CHSJM para transportar los pacientes que requieran derivación hacia y desde la red asistencial, cumpliendo con los plazos establecidos, para el cumplimiento de las horas asignadas.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Licencia de Enseñanza Media o equivalente.

Especialización y/o Capacitación

- Necesario: Licencia de Conducir Profesional A-2 y/o A-3 vigente.

Experiencia sector público / sector privado

- Deseable: 1 año de experiencia en el sistema público o privado.
- Deseable: 1 año de experiencia en funciones relacionadas al cargo, manejando vehículos de emergencia.

Competencias

- Responsabilidad y compromiso con el cumplimiento de protocolos.
- Capacidad de planificación y organización de traslados.
- Trabajo en equipo y colaboración con personal médico.
- Adaptabilidad frente a condiciones climáticas y de tránsito.
- Proactividad en el cuidado y mantención de vehículos institucionales.

Postulaciones a esta convocatoria

- Tengo el documento requerido
- No tengo el documento requerido
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (*)
- Otros (Licencia de Conducir Profesional A-2 y/o A-3 vigente.)

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

- a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
- b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media,



se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
- e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
- f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el , según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

- a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

Etapas de Selección

- Evaluación de requisitos y análisis curricular.
- Evaluación psicolaboral individual por competencias.

Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Fecha: Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil.

Preguntas al Postulante

Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria.

La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.

Mensaje de advertencia

Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

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